Consulte el proceso de transmisión electrónica para el tránsito internacional terrestre.
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Eliminar la doble digitación de la Declaración de Tránsito Aduanero Internacional (DTI), a través de una transmisión electrónica anticipada al sistema informático de la SAT por parte de las empresas de transporte o de las entidades autorizadas para el efecto.
Resolución 65-2001 de COMRIEDRE : Reglamento sobre el Régimen para el Tránsito Aduanero Internacional Terrestre (Reglamento).
Las empresas de transporte registradas o entidades autorizadas por la SAT transmitirán, electrónicamente, las Declaraciones de Tránsito Internacional (DTI) previo a presentar las mercancías ante las autoridades de las aduanas de partida para su despacho. Dicha transmisión se realizará a través de la Internet mediante un software desarrollado y distribuido gratuitamente por la SAT. Para ello, debe contar con usuario del sistema e-Servicios (Más información en este enlace).
Previo a la transmisión, deberá solicitarse la autorización de impresión de Formularios de DTI (SAT No.8309), y cancelar el precio legalmente establecido para cada formulario según el Acuerdo del Directorio No. 011-2001 (Q.8.00).
Es importante tomar en consideración que independientemente de la transmisión electrónica de la DTI, el transportista que efectuará la operación de tránsito deberá firmar el formulario como responsable ante la SAT de la operación de tránsito, tal y como lo establece el Reglamento sobre el Régimen para el Tránsito Aduanero Internacional Terrestre.
Las transmisiones de DTI se deberán realizar en cualquiera de los casos siguientes:
Todas las empresas de transporte registradas ante la SAT o entidades interesadas en realizar transmisiones de DTI deberán presentar en una de las ventanillas de recepción de documentos de aduanas (Ventanillas 5 y 7, Edificio del Ministerio de Finanzas Públicas), una solicitud dirigida al Intendente de Aduanas de la SAT con las características siguientes:
Posteriormente a la autorización que conceda la SAT para transmitir, si se desea otorgar el derecho de transmisión a un nuevo usuario o quitarle este derecho a alguien anteriormente autorizado, únicamente se deberá enviar una solicitud al Departamento de Operaciones de la Intendencia de Aduanas firmada por el Representante Legal de la entidad autorizada para transmitir.
Autorización de Formularios SAT No. 8309 para la transmisión:
Una vez otorgada la autorización por parte de la SAT para la transmisión electrónica de las DTI, el usuario deberá seguir el procedimiento siguiente, previo a efectuar una transmisión de estas Declaraciones:
1. Mediante el Formulario SAT-No.8021, debe realizarse el pago correspondiente en cualquier Agencia Bancaria de acuerdo con la cantidad de formularios solicitados (Valor. Q. 8.00 por Formulario de DTI SAT No. 8309)
2. Presentar en cualquier Agencia u Oficina Tributaria de la SAT la solicitud de autorización de documentos (Formulario SAT-No.0042 el cual será entregado por el delgado de la Oficina o Agencia Tributaria de la SAT) y adjuntar, a la misma, la copia del Formulario SAT-No.8021, debidamente pagado.
3. Una vez llenados estos requisitos, el delegado de la Oficina o Agencia Tributaria entregará el formulario de autorización como constancia de la adjudicación de los Formularios SAT No. 8309.
Al concluir con este proceso, el usuario autorizado está completamente listo para realizar las transmisiones electrónicas de las DTI hacia la SAT.
La SAT ha desarrollado un software especial para facilitar la digitación a las entidades autorizadas para transmitir Declaraciones de Tránsito Internacional.
Esta herramienta será distribuida por la SAT mediante un Disco Compacto (CD) que contiene todos aquellos requerimientos de software que son necesarios para el equipo de cómputo que se usará para transmitir. El usuario únicamente deberá hacer entrega de un CD en blanco debidamente sellado, en el 7o. Nivel del edificio Torre SAT para poder obtenerla.
Esta herramienta consta de 3 segmentos para la digitación de la información completa que requiere la Declaración de Tránsito Internacional y se necesita de conexión a la Internet únicamente en el momento de la transmisión de la Declaración a la SAT.
Para una mejor comprensión del usuario y para minimizar los errores en la información que se digite, esta herramienta proporciona varios valores predeterminados para que sean seleccionados por el usuario, además de dar una breve descripción de los datos que se deben ingresar, únicamente posicionando el cursor en el nombre de cada campo.
Los aspectos relevantes de este segmento son los siguientes:
Los datos que se deben digitar en este segmento son los relativos a la empresa transportista, piloto y unidad de transporte. Aspectos relevantes:
Este es el apartado en el cual deben incluirse todas las mercancías que se amparan en la DTI, con su respectiva clasificación arancelaria, peso bruto y valor FOB en dólares (US$). Aspectos relevantes:
Al finalizar la digitación de toda la información que contendrá la Declaración de Tránsito Internacional, se deberá transmitir, la misma, a la SAT para que se realicen las validaciones correspondientes a efecto de registrarla en el sistema informático, para lo cual se deberá pulsar "Enviar", instrucción que aparece en la parte inferior derecha de la pantalla.
El último paso para la obtención de la Declaración de Tránsito Internacional, es la impresión del formato posterior a la firma electrónica de aceptación, misma que se podrá realizar, únicamente, una vez por cada Declaración aceptada por el sistema de la SAT.
Esta impresión se realizará en dos pasos para permitirle al usuario imprimir la Declaración en el anverso y en el reverso, tal y como lo establece el Reglamento para el Tránsito Aduanero Internacional Terrestre.
Para configurar la impresión de la Declaración y evitar así desaprovechar un formulario, la herramienta proporciona la opción de realizar impresiones de prueba en cualquier momento, a excepción de cuando se ha obtenido firma electrónica de aceptación, ya que en este caso la impresión realizada será de la declaración transmitida y no es considerada como prueba.
Esta herramienta brinda al usuario, además de la digitación y transmisión de DTI, otras opciones dentro de las cuales esta la de "Configuración" en el menú Herramientas.
Los aspectos que se pueden configurar a través de esta opción, son los siguientes:
Si es necesario configurar un proxy especial para poder accesar al Internet para la transmisión de la Declaración de Tránsito Internacional, puede configurar con esta opción el nombre del servidor y el puerto por el que se conectará. Además, puede indicar el usuario, clave y dominio (si éste es necesario). En caso contrario, se utilizará la configuración que está definida para el sistema en el Internet Explorer instalado en la computadora que se usará para la transmisión.
En esta opción, deberá ingresarse la cantidad de formularios disponibles, a partir de la cual el usuario desea que el sistema le indique con una alerta, que dicha cantidad ha sido alcanzada, con el objeto de tener en cuenta la cantidad disponible para una futura compra.
Adicionalmente, esta opción le da la posibilidad de restringir el envío de la información a la SAT mientras no se haya ingresado el número de documento de transporte.

Esta aplicación ha sido diseñada para funcionar siempre y cuando se cumpla con los requerimientos mínimos siguientes:
Intel Pentium a 90-megahertz (MHz)
Actualizado ( Viernes, 13 de Marzo de 2009 23:49 )