

Garantías de empresas amparadas al Decreto 29-89 del Congreso de la República
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Garantías de empresas amparadas al Decreto 29-89 del Congreso de la República.
Garantía a través de almacenes generales de depósito autorizados para operar como almacenes fiscales para empresas amparadas al Decreto 29-89 del Congreso de la República
Fundamento Legal:
- Artículo 27 literal a) del Decreto 29-89 del Congreso de la República. "Ley de Fomento y Desarrollo a la Actividad Exportadora y de Maquila".
- Artículo 45 literal d) del Acuerdo Gubernativo 533-89, Reglamento de la Ley de Fomento y Desarrollo a la Actividad Exportadora y de Maquila.
- Artículo 1 literal d) del Acuerdo Gubernativo 943-90, Reglamento para la Constitución de las Garantías a que se refiere la Ley de Fomento y Desarrollo de la Actividad Exportadora y de Maquila y su Reglamento
Requisitos
- Solicitud por Representante Legal.
- Fotocopia simple legible:
- Resolución de calificación emitida por la Dirección de Política Industrial del Ministerio de Economía.
- Solicitud del convenio suscrito entre el almacén fiscal y la SAT
- Constancia que el mismo se encuentra en trámite en la SAT.
- Fianza constituida por el almacén fiscal
- Constancia emitida por la Oficina de Regímenes de Perfeccionamiento Activo la cual debe contener:
- Información de si cuenta con alguna fianza constituida ante la Oficina de Regímenes de Perfeccionamiento Activo propia o de almacenadora.
- Informe del estado actual de la fianza propia en cuanto a número, vigencia, monto y compañía afianzadora, si corresponde.
- Informe de la fianza del almacén General de Depósito en cuanto a número, vigencia y disponibilidad de saldo para el cargo de más operaciones, si el caso corresponde.
Indice del artículo
Actualizado ( Jueves, 30 de Octubre de 2008 01:29 )