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Sustitución de Mercancías

Sustitución de mercancías

Intendencia de Aduanas
Departamento de Regímenes Aduaneros
Unidad de Franquicias y Asuntos Aduanales

Sustitución de mercancías

Fundamento Legal:

  • Artículos 364 - 369 del Reglamento al Código Aduanero Uniforme Centroamericano.
  • Artículo 88 del Código Aduanero Uniforme Centroamericano.
  • Artículo 3 inciso b) del Decreto 1-98 del Congreso de la República.
  • Artículo 24 inciso j) del Decreto 2-98 del Directorio de la SAT.

Requisitos

  • Solicitud por Representante Legal
  • Fotocopia simple legible:
    •  Declaración aduanera de importación
    •  Documentos de soporte que se adjuntaron a la declaración aduanera debidamente certificados por la aduana de ingreso
  • Carta del proveedor extranjero que acredite la operación comercial de sustitución o que admita el incumplimiento del contrato respectivo

Nota:

En la solicitud, se deberán especificar las razones por las cuales se considera que las mercancías no cumplen con los términos del contrato, y describir detalladamente las mercancías importadas y las mercancías con las que se sustituirán.


Actualizado ( Viernes, 15 de Mayo de 2009 05:56 )