

Sustitución de Mercancías
Sustitución de mercancías
Intendencia de Aduanas
Departamento de Regímenes Aduaneros
Unidad de Franquicias y Asuntos Aduanales
Sustitución de mercancías
Fundamento Legal:
- Artículos 364 - 369 del Reglamento al Código Aduanero Uniforme Centroamericano.
- Artículo 88 del Código Aduanero Uniforme Centroamericano.
- Artículo 3 inciso b) del Decreto 1-98 del Congreso de la República.
- Artículo 24 inciso j) del Decreto 2-98 del Directorio de la SAT.
Requisitos
- Solicitud por Representante Legal
- Fotocopia simple legible:
- Declaración aduanera de importación
- Documentos de soporte que se adjuntaron a la declaración aduanera debidamente certificados por la aduana de ingreso
- Carta del proveedor extranjero que acredite la operación comercial de sustitución o que admita el incumplimiento del contrato respectivo
Nota:
En la solicitud, se deberán especificar las razones por las cuales se considera que las mercancías no cumplen con los términos del contrato, y describir detalladamente las mercancías importadas y las mercancías con las que se sustituirán.
Actualizado ( Viernes, 15 de Mayo de 2009 05:56 )