Es un código único que identifica al proveedor de la mercancía consignada en la Declaración de Mercancías DUA-GT y la Declaración al Valor Aduanero.
2. ¿Cómo se conforma el Código de Proveedor?
El código esta conformado de la siguiente forma:
PP-DEF-AA-SSSSSSS
Donde:
PP: País del proveedor (código ISO)
DEF: Código definitivo
AA: año (Ej. 07)
SSSSSSS: Secuencia numérica del proveedor.
3. ¿Cuándo se requiere el Código de Proveedor?
Se requiere Código de Proveedor cuando se transmite cualquier Declaración de Importación definitiva.
Modalidades | |
23-ID | Importación Definitiva |
23-DI | Extracción para Importación Definitiva |
23-MC | Cambio de Régimen de Mercancías Importadas Temporalmente para Perfeccionamiento Activo amparadas al Decreto 29-89 del Congreso de la República |
23-LZ | Cambio de Régimen de Importación Temporal para Retorno en el mismo Estado de Importación Definitiva |
23-PC | Cambio de Régimen de Bienes Producidos por Empresas amparadas a la Admisión Temporal para el Perfeccionamiento Activo (Art. 74 CAUCA) a Importación Definitiva |
23-ZC | Cambio de Régimen de Zona Franca a Importación Definitiva de Bienes Producidos en Zona Franca. |
23-MD | Cambio de Régimen de Importación Temporal de Activo Fijo de Empresas Maquiladoras a Importación Definitiva |
4. ¿Cómo se registra un proveedor?
Para agilizar el proceso de registro, se debe enviar la solicitud en el formato Excel (Registro de Proveedores) con la siguiente información:
1. Nombre y patente del Agente de Aduanas
2. Nombre del proveedor
3. Dirección del proveedor, incluyendo ciudad del proveedor y país del proveedor
4. Teléfonos del proveedor
5. Fax del proveedor
6. Correo electrónico del proveedor
7. Página Web del proveedor
8. Condición comercial proveedor (anexo 1)
9. Código y descripción de la actividad del proveedor (anexo 2)
Adicionalmente, incluir copia de la factura comercial de fecha reciente o proforma que contenga los datos del proveedor.
Esta información puede ser enviada vía fax al 23297070 ext. 1719 y 1710 o vía e-mail a prduadva@sat.gob.gt
5. ¿Cómo verificar el Código de Proveedor asignado?
Se debe consultar accesando al siguiente vínculo: http://portal.sat.gob.gt/portal/content/view/4392/48/1/1/
6. ¿Qué documentos tengo que enviar para registrar un proveedor?
Factura comercial reciente o la que utilizó en la última importación y los datos de su proveedor en el formato Excel.
7. ¿Son obligatorios todos los datos para registrar al proveedor?
Si, excepto el correo electrónico y página Web.
8. ¿Se debe registrar el proveedor cada vez que se hace una importación?
No. Si el código ya existe, puede utilizarlo las veces que sea necesario.
9. Un proveedor que envía mercancía de diferentes países, ¿debe registrarse una sola vez?
Debe registrarse una vez por cada país, ya que el código integra el país proveedor.
10. ¿Existen excepciones para el uso del Código del Proveedor?
Se exceptúan del uso del Código del Proveedor las operaciones siguientes:
Para el caso de los vehículos usados de las partidas 8702, 8703, 8704 y 8711, existe un código único (VU-DEF-07-0000001). No es necesario registrar a los proveedores.
11. ¿Cómo se debe transmitir la declaración de mercancías de un menaje de casa para que no le requiera Código de Proveedor?
Se deben transmitir, en la casilla Acuerdo 2 de la DUA, el código 500 (Menaje de Casa) y los datos requeridos del proveedor (nombre, condición, dirección, ciudad, país, fax, teléfono, Web, correo), con excepción del Código del Proveedor.
12. ¿Cómo se debe transmitir la declaración de mercancías de entidades sin fines de lucro que están exentas de derechos e impuestos para que no le requiera Código de Proveedor?
Se deben transmitir, en la casilla Acuerdo 2 de la DUA, el código 400 y los datos requeridos del proveedor (nombre, condición, dirección, ciudad, país, fax, teléfono, Web, correo), con excepción del Código de Proveedor.
13. ¿Cómo se debe transmitir la declaración de mercancías de encomiendas para que no le requiera Código de Proveedor?
Se deben transmitir, en la casilla Acuerdo 2 de la DUA, el código 300 (Encomiendas) y los datos requeridos del proveedor (nombre, condición, dirección, ciudad, país, fax, teléfono, Web, correo), con excepción del Código del Proveedor.
14. ¿Cómo se debe transmitir la declaración de mercancías de un vehículo usado?
De las partidas 8702, 8703, 8704 y 8711 y se debe transmitir en Estado de la Mercancía 02 (Usado) y como Código de Proveedor VU-DEF-07-0000001.
15. ¿Cuándo entró en vigencia el Código de Proveedor?
El Código entró en vigencia el 15 de febrero de 2007 para el régimen 23-DI y el 18 de abril de 2007 para los regímenes 23-ID, 23-PC, 23-ZC, 23-MC, 23-LZ, 23-MD.
16. ¿Quién debe registrar a los proveedores?
El registro lo puede realizar o el Agente de Aduanas o el importador.
17. En la nacionalización de mercancías provenientes de zona franca, ¿cuál es el proveedor que se debe consignar?
El que se consigna en la última factura comercial.
18. En la nacionalización de mercancías amparadas al Decreto 29-89 del Congreso de la República, ¿cuál es el proveedor que se debe consignar?
El de la factura comercial con el que internó las mercancías al país.
19. En la nacionalización de mercancías que ingresaron bajo el Régimen de Importación Temporal para Retorno en su mismo Estado, ¿cuál es el proveedor que se debe consignar?
El de la factura comercial con el que internó las mercancías al país. Si no existe una venta, debe presentar el documento de embarque y se registrará al remitente como proveedor.
20. En la nacionalización de mercancías que fueron transformadas en el Régimen de Perfeccionamiento Activo, ¿cuál es el proveedor que se debe consignar?
El de la factura comercial con el que internó las mercancías al país.
21. Cuando existen varios Códigos de Proveedor para un solo proveedor en la tabla publicada por la SAT, ¿cuál se debe consignar?
Puede consignar cualquiera de los códigos registrados.
22. ¿Cuánto tiempo se requiere para registrar un proveedor?
Tres días hábiles, a partir de la fecha de recepción.
23. ¿Cómo se registran proveedores para mercancías perecederas?
El procedimiento es el mismo, únicamente que debe informar a la SAT, que se trata de mercancías perecederas.
24. ¿Cómo se sabe que un requerimiento de registro de proveedor ya fue atendido?
Verificando en la tabla de proveedores publicada en el portal de la SAT (http://portal.sat.gob.gt/portal/content/view/4392/48/1/1/), la cual se actualiza periódicamente.
25. ¿Serán codificados posteriormente los proveedores de los regímenes que no son de importación definitiva?
No, ya que únicamente se requerirá Código de Proveedor para declaraciones en las cuales es obligatoria la presentación de la DVA.
26. ¿Debe coincidir el Código del Proveedor con el nombre del proveedor?
Sí. El Código debe corresponder al nombre registrado en la tabla.
27. ¿Existe forma de establecer cómo se realizó el registro del proveedor, cuando se consigna el Código como está en la página y da error?
Se puede verificar en la Tabla de Proveedores publicada en el portal de la SAT (http://portal.sat.gob.gt/portal/content/view/4392/48/1/1/), la cual se actualiza periódicamente o llamar al 23297070 ext. 1719 para que se consulte en el registro informático de la SAT.
28. ¿Tiene algún costo el registro de los proveedores?
No. El registro es completamente gratuito.
29. ¿Cómo se registran los proveedores si no existe una venta?
Presentando una declaración jurada, como indica el procedimiento de valor, en donde se acredita como propietario de la mercancía y el documento de embarque donde se consigne al remitente que se registrará como proveedor.
Actualizado ( Miércoles, 22 de Octubre de 2008 18:57 )