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Exportaciones Temporales

Exportaciones Temporales

Exportación temporal con reimportación en el mismo estado

Fundamento Legal:

  • Artículo 102 del Código Aduanero Uniforme Centroamericano -CAUCA-.
  • Artículo 512 - 521 del Reglamento del Código Aduanero Uniforme Centroamericano -RECAUCA-

Requisitos:

  • Solicitud
  • Fotocopia simple legible:
    • Certificación contable en la que se indique que el bien por exportar forman parte del inventario de activos fijos o declaración que ampare el ingreso al país de dicho bien.
    • Documentos de soporte que permitan plenamente la identificación de la mercancía por exportar, mediante series y números.


Indice del artículo
Exportaciones Temporales,   Page #Todas las páginas


Actualizado ( Viernes, 15 de Mayo de 2009 05:54 )