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Documento de Unión Aduanera

INFORMACIÓN
AVANCES DE LA UNIÓN ADUANERA CENTROAMERICANA
AL MES DE JUNIO, 2003


ÍNDICE

  1. ANTECEDENTES
  2. BASE NORMATIVA Y LEGAL
  3. CARACTERÍSTICAS DE LA UNIÓN ADUANERA
  4. PLAN DE ACCIÓN PARA LA INTEGRACIÓN ECONÓMICA CENTROAMERICANA
  5. PRINCIPALES AVANCES
  6. ESTRATEGIAS

La base Jurídica de la Unión Aduanera Centroamericana se sustenta en el Tratado General de Integración Económica Centroamericana, con vigencia a partir de 1960, el que ha sido suscrito y ratificado por todos los países del área. Éste tiene como objetivos: impulsar la economía, mejorar las condiciones de vida de los habitantes, establecer un Mercado Común Centroamericano, perfeccionar la zona de libre comercio, constituir una Unión Aduanera, contar con un arancel externo común y una unión económica.

  • Tratado General de Integración Económica Centroamericana, de fecha 13 de diciembre de 1960.
  • Acuerdo de Libre Comercio e Integración Económica entre las repúblicas de Guatemala y El Salvador, donde los estados se comprometen a eliminar de inmediato toda medida que limite, restrinja o se oponga a cualquier forma de libre comercio entre ellos, de fecha 17-03-92.
  • Protocolo al Tratado General de Integración Económica Centroamericana, donde se establece un servicio aduanero común que aplique procedimientos, sistemas administrativos y pautas uniformes, de fecha 29 de octubre de 1993.
  • Las uniones aduaneras se establecen dentro del marco de la OMC (Organización Mundial del Comercio), en el Artículo XXIV del GATT de 1994, el cual permite la agrupación de países con tratamiento especial, en sus relaciones comerciales.
  • Resolución 27-96 (COMRIEDRE-IV) del consejo de Ministros responsables de la Integración Económica y Desarrollo Regional, donde se reitera el interés de los países centroamericanos para avanzar hacia la unión aduanera.
  • Convenio marco para el Establecimiento de una Unión Aduanera entre los territorios de la República de El Salvador y la República de Guatemala, de fecha 13-01-2000.
  • El Congreso de la República, por Decreto Número 99-2000, emitido el 19 de diciembre del 2000, aprobó EL CONVENIO MARCO PARA EL ESTABLECIMIENTO DE UNA UNIÓN ADUANERA ENTRE LOS TERRITORIOS DE LA REPÚBLICA DE EL SALVADOR Y LA REPÚBLICA DE GUATEMALA.
  • Resolución 66-2000 (COMIECO) donde se aprueba la consolidación de Derechos Arancelarios a la importación (DAI) para El Salvador, Guatemala, Honduras y Nicaragua.
  • Resolución 80-2001 (COMIECO) donde se manifiesta el marco del proceso de la Unión Aduanera entre El Salvador, Guatemala, Honduras y Nicaragua.
  • El Presidente de la República de Guatemala, en publicación realizada en el Diario Oficial el día 04 de marzo de 2003, acordó ratificar el Instrumento a que se refiere el Decreto Número 99-2000.
  • El territorio centroamericano debe constituirse en una única frontera exterior y eliminar las fronteras interiores, con el fin de que cada Estado miembro, sea capaz de confiar en que las autoridades de los otros Estados miembros apliquen las normas correctamente.
  • Las disposiciones y procedimientos aduaneros deben de aplicarse en todos los países de la misma manera.
  • Adoptar un Arancel Aduanero Común.
  • Libre tránsito de las mercancías entre los estados parte de la unión aduanera, sin importar el origen de las mismas.
  • Administración aduanera común.
  • Eliminar los controles y formalidades en fronteras internas.
  • Normas de origen comunes entre los países.
  • Aplicar la técnica del análisis de riesgo a fin de que los controles aduaneros sean dirigidos a operadores que representen mayor índice de riesgo, a la vez de disminuir los controles a operadores relativamente libres de riesgo.
  • Libre comercio de servicios, especialmente aquéllos asociados al comercio de bienes.
  • Mecanismos uniformes de recaudación, administración y distribución de los ingresos tributarios.

 

  • Normativa
    • Solución de diferencias
    • Comercio de servicios e inversiones
    • Código Aduanero Uniforme Centroamericano (CAUCA)
    • Concluir adopción regional del RECAUCA
  • Armonización Arancelaria
  • Libre comercio de todos los productos
  • Negociaciones Comerciales
  • Facilitación de Comercio
  • Unión Aduanera
    • Reconocimiento mutuo de los registros sanitarios de medicamentos
    • Política agropecuaria
    • Administración aduanera común
    • Libre movilidad de bienes sin excepción y servicios asociados al comercio de bienes
    • Política comercial externa común
    • Mecanismo de recaudación, administración y distribución de ingresos tributarios por comercio exterior
    • Eliminación de puestos fronterizos intracentroamericanos

 

  1. EN MATERIA DE LEGISLACIÓN ADUANERA:

    • Vigencia del Código Aduanero Uniforme Centroamericano (CAUCA III) y su Reglamento, el cual hace referencia en su Artículo 1 de establecer la legislación aduanera básica para los países signatarios conforme los requisitos del Mercado Común Centroamericano y de los instrumentos regionales de la integración.
    • El Grupo Técnico de Legislación Aduanera concluyó los trabajos de reglamentación del CAUCA III, y  quedó aprobado el RECAUCA mediante la Resolución 101-2002 del Consejo Arancelario y Aduanero Centroamericano, publicado, en Guatemala, según Acuerdo 036-2003. Entró en vigencia a partir del 28 de enero de 2003.
    • La Comisión Centroamericana sobre Valor Aduanero preparó un anteproyecto de reglamento o legislación centroamericana sobre el valor aduanero, que reglamentará de manera uniforme el Artículo VII del GATT.
    • Ya fue finalizada la redacción del proyecto de Ley Centroamericana para Sancionar el Contrabando y la Defraudación Aduanera.

  2. EN MATERIA ARANCELARIA:
    • El Arancel Centroamericano actualmente tiene armonizado aproximadamente el 77% de los rubros contenidos en el universo arancelario, que integran la Parte I del Arancel. La Parte II está compuesta por 1393 rubros que significan el 23%.
    • El Plan de Acción de la Integración Económica, firmado por los Presidentes de Centroamérica, el 24 de marzo de 2002, establece que la totalidad de rubros arancelarios debe estar armonizada para diciembre de 2003.

  3. EN MATERIA DE ADMINISTRACIÓN ADUANERA

    ADUANAS INTEGRADAS:

    Servicios Aduaneros responsables de la aplicación de la legislación y procedimientos comunes de dos o más países que forman parte de un mismo territorio aduanero y que comparten una misma oficina administrativa de despacho de las mercancías.

    Se han implementado las siguientes Aduanas Integradas:

    • El Amatillo, El Salvador [El Salvador - Honduras - Guatemala] (29 de enero de 2001).
    • El Poy, El Salvador [El Salvador - Honduras] (11 de junio de 2001).
    • Valle Nuevo-Las Chinamas, [Guatemala - El Salvador] (15 de junio de 2001).
    • El Guasaule, Honduras [El Salvador - Honduras] (30 de agosto de 2001).

    ADUANAS YUXTAPUESTAS:

    Servicios Aduaneros de dos países con fronteras comunes que operan en forma coordinada, mediante la prestación de servicios en sus oficinas localizadas en sus correspondientes territorios y que aplican procedimientos armonizados, mediante la utilización de mecanismos informáticos y de comunicación, preferentemente. Aplican, además, el principio de ventanilla binacional.

    Se han implementado las siguientes Aduanas Yuxtapuestas:

    • Pedro de Alvarado - Hachadura [Guatemala - El Salvador] (04 de abril de 2001).
    • San Cristóbal, San Cristóbal [Guatemala - El Salvador] (30 de junio de 2001).

    Se tiene contemplada la apertura de las siguientes:

    • Agua Caliente-Agua Caliente [Guatemala-Honduras].
    • el Guasaule, Guasaule [Honduras-Nicaragua].
    • La Ermita-Anguiatú [Guatemala-El Salvador].

    ADUANAS PERIFÉRICAS:

    Servicios Aduaneros localizados en la periferia del territorio aduanero común, de un territorio que forma parte de una unión aduanera y que aplica legislación y procedimientos aduaneros uniformes, mediante la cual las mercancías quedan, una vez despachadas en la misma, en libre circulación en el territorio aduanero común de los países que conforman la unión aduanera.

    Se han implementado las siguientes Aduanas Periféricas:

    • Puerto Quetzal, Guatemala [Guatemala - El Salvador] (05 de mayo de 2001).
    • Santo Tomás de Castilla, Guatemala [Guatemala-El Salvador (15 de mayo 2001).
    • Puerto Barrios, Guatemala [Guatemala - El Salvador] (30 de mayo de 2001).
    • Tecún Umán, Guatemala [Guatemala-El Salvador-Honduras] (16 de julio de 2001).
    • Puerto Cortés, Honduras [Honduras-El Salvador] (11 de junio de 2001).

    Se tiene contemplada la apertura de las siguientes:

    • Paso Canoas [Costa Rica]
    • Puerto Cortés [Honduras]
    • Acajutla [El Salvador]
    • Peñas Blancas [Nicaragua]

  4. EN SISTEMAS INFORMÁTICOS:
    • Intercambio parcial de bases de datos de transportistas centroamericanos.
    • Realización de interfases e intercambios de información vía informática sobre los tránsitos y operaciones de exportación e importación entre Guatemala y El Salvador.
    • Transmisión electrónica de Declaraciones de Tránsito Internacional por parte de usuarios (transportistas, navieras, agentes aduaneros, etc.) y los servicios de aduanas.
    • Transmisión electrónica del Formulario Aduanero Único Centroamericano por parte de la Ventanilla Única para Exportaciones de El Salvador y Guatemala al servicio de aduanas de ambos países.

  5. OTROS AVANCES:
    • Elaboración del Manual Único de Procedimientos Aduaneros por ser utilizado en los Servicios Aduaneros Regionales, el que está concluido y se aplicará en forma armonizada.
    • Los Grupos Técnicos Análisis de Riesgo y Fiscalización, trabajan en la conformación del plan de acción sobre la gestión de riesgo en el marco de la Unión Aduanera, con el fin de diseñar programas de fiscalización integrada con tributos internos para hacer más eficientes los controles en los diferentes regímenes aduaneros.
    • A partir del 06 de junio del 2003, se inició con la transmisión de información entre los sistemas informáticos de los servicios aduaneros de Guatemala y El Salvador, específicamente, en lo referente a las mercancías que van en tránsito internacional por estos países al amparo de una Declaración de Tránsito Internacional (DTI).
    • Registro de las empresas de transporte que se dedican al tránsito aduanero internacional de mercancías. En Guatemala, éstas ascienden a 798.

 

A CORTO PLAZO:

  • Continuar con la implementación de aduanas periféricas, yuxtapuestas e integradas, según el plan establecido.
  • Instruir al Grupo de Análisis de Riesgo y Fiscalización para que se realice un análisis comparativo de los criterios y porcentajes de selectividad y gestión de riesgo que aplican cada país del área, con el fin de homologar estos criterios.
  • Reorientar el enfoque de aduana tradicional que ha prevalecido a la fecha, en el marco de la unión aduanera, para evolucionar al esquema de una aduana virtual.
  • Fortalecimiento de las aduanas periféricas a fin de eliminar, para diciembre de 2003, los pasos fronterizos internos de los países.
  • Implementar mejoras continuas a los procedimientos y sistemas informáticos con el fin de agilizar las operaciones de Comercio Exterior en estas aduanas.

A MEDIANO PLAZO:

  • Promover la utilización de una Declaración Única Centroamericana, la cual realizará las funciones de declaración de exportación, tránsito, importación, origen y declaración de valor.
  • Fortalecimiento de las aduanas centrales para revisión de mercancías en el país importador, con el fin de eliminar las aduanas fronterizas internas de la región centroamericana.
  • Instruir al Grupo de Legislación Aduanera para identificar la normativa especial que regula los regímenes especiales, con la finalidad de homologarla y, de esa manera, estandarizar los procedimientos correspondientes.
  • Instruir al Grupo de Armonización Tributaria y Legislación para que, con la participación de funcionarios de fiscalización, se analice el proyecto de Acuerdo de Intercambio de Información y Cooperación Tributaria.
  • Instruir al Grupo de Legislación para que se cree el soporte jurídico para el intercambio de información tributaria aduanera, fiscalizaciones conjuntas, fiscalización en otro Estado Parte, que permita actuaciones intrarregionales.
  • Instruir a la Comisión Centroamericana de Valor para que:
    1. Se agilice la aprobación del proyecto Legislación Aduanera de las Mercancías Importadas en la Unión Aduanera.
    2. Se amplié el análisis tendiente a la elaboración y utilización de una base de datos regional, considerando aspectos técnicos de valor, de legalidad y de tecnología disponible en cada país.
  • ESTRATEGIAS
  • PRINCIPALES AVANCES
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  • CARACTERÍSTICAS DE LA UNIÓN ADUANERA
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