Clasificación de los cartuchos de tinta

En virtud de numerosas consultas de clasificación arancelaria que se han presentado, el Departamento Técnico, de la Intendencia de Aduanas, ha emitido una opinión técnica sobre la clasificación arancelaria de los “cartuchos de tinta utilizados para impresoras de las máquinas automáticas para el procesamiento de datos”, vigente desde el 14 de Octubre de 2005 mediante memorándum M-SAT-IA-1021-2005:

Opinión Técnica sobre la Clasificación Arancelaria de los Cartuchos de Tinta utilizados para Impresoras de las Máquinas Automáticas para el Procesamiento de Datos:

Actualmente los cartuchos de tinta para impresoras se han venido clasificando en las fracciones arancelarias No. 3215.11.90 (negros), y 3215.19.90 (de colores), sin embargo vía correo electrónico se han recibido varias solicitudes para determinar cuál es la correcta clasificación arancelaria que le corresponde a estas mercancías, toda vez que existe la posibilidad de clasificarlos en la partida 84.73 como partes de más máquinas clasificadas en la partida 84.71 máquinas automáticas para procesamiento de datos y sus unidades de entrada o salida, (Ej: impresoras). Es por ello que a continuación se presenta un análisis técnico de sobre la clasificación de los cartuchos de tinta, tomando en cuenta todas las características de este tipo de mercancías.

Descripción:

El artículo consiste en un cartucho de tinta para impresión, de material plástico de aproximadamente 2,5 cms de ancho, 6 cms de alto y 4,5 cms de largo, con tinta de alto rendimiento que se mantiene firme en cada impresión. Consta de una esponja de tinta, el cuerpo del cartucho, un panel de circuitos impresos, cabezal de impresión por sistema de inyección, elemento calentador y cubierto lateral y superior. La esponja de tinta contiene aproximadamente 20 gramos de tinta que puede ser negra o de colores para la impresión en papel normal de oficina. La estructura plástica tiene forma semi-rectangular, con una abertura en la que se ubica una tarjeta con soporte de aluminio con contactos eléctricos para la formación de burbujas por aplicación de alto voltaje. En el depósito de tinta, en la parte inferior, se encuentran imperceptibles a la vista humana, las boquillas de inyección de tinta (cabezal de inyección de tinta), además de filtros, válvulas de aire y otros elementos que permiten la salida de la tinta por los cabezales de inyección.

Análisis:

La estructura plástica del cartucho contiene la esponja de tinta y la unidad de cabezal de impresión por inyección. El cabezal de impresión (que es la parte inteligente) está montado sobre un plato metálico (al parecer de aluminio) con tecnología de semiconductores que incluye sensores de temperatura y calentadores de inicio cuyo costo de producción representa aproximadamente el 83% del producto final. La separación de los elementos produce la destrucción del cartucho. Además, es consumible, puesto que una vez agotada la tinta, se desecha.

Que, el cartucho se presenta en un envase tipo bandeja de plástico sellado con una lámina delgada de aluminio adherida con pegamento. Se comercializa en una caja de cartón adecuada al tamaño delcartridge, con indicación de la marca del fabricante, modelo y color.

Conclusión: 

Tomando en cuenta la tecnología aplicada, fabricación y empleo de cartuchos de tinta para impresoras de computación, se puede afirmar que las posibilidades de clasificación para este tipo de mercancía son dos, dependiendo de si se presenta como un simple continente de tinta o si se presenta el cartucho como un continente de tinta integrado con un cabezal de impresión por inyección de tinta.

En el presente caso se trata de un artículo perfectamente definido y conocido que no se presta a confusiones. Es claramente identificable por su presentación y especialmente concebido para ser utilizado sin previo acondicionamiento y tal como su envase lo indica, en impresora de computación, por cuanto, al estar constituido por el cartucho de tinta y el cabezal de impresión, es parte integral de la impresora por inyección, cumpliendo con las siguientes funciones: almacenamiento de la tinta, desplazamiento sobre el papel durante el proceso de impresión, calentamiento e impresión.

Clasificación Arancelaria:

La Regla General Nº 1 para la Interpretación del Sistema Armonizado señala que: “…. la clasificación está determinada legalmente por los textos de las partidas y de las Notas de Sección o de Capítulo…”.

Según el texto de la Partida 84.71 del Sistema Armonizado, se clasifican en ésta, las máquinas automáticas para el tratamiento o procesamiento de datos y sus unidades.

Respecto de la clasificación de las partes, la Nota Nº 2 b) de la Sección XVI del Sistema Armonizado establece que ” Cuando sean identificables como destinadas, exclusiva o principalmente, a una determinada máquina o a varias máquinas de una misma partida (incluso de las partidas 84.79 u 85.43), las partes se clasificarán en la partida correspondiente a ésta o a estas máquinas o, según los casos, en las partidas Nºs … 84.73…”.

En concordancia con la nota anterior, las Notas Explicativas de la Partida 84.71 disponen que las partes y accesorios de las máquinas de esta partida se clasifican en la Partida 84.73.

El texto de la partida 84.73 se refiere a “partes y accesorios (excepto los estuches, fundas y similares) identificables como destinados, exclusiva o principalmente, a las máquinas o aparatos de las Partidas 84.69 a 84.72”

Por consiguiente, el cartucho de tinta, formando una sola unidad indivisible con un cabezal de impresión por inyección de tinta para ser utilizado en impresoras de computación por inyección, se debe de clasificar en la fracción arancelaria No. 8473.30.00 del Sistema Arancelario Centroamericano (SAC).

Por el contrario cuando se trate de simples cartuchos de tinta que consistan en un envase de plástico, flexible que contenga tinta en estado líquido para impresión, provisto de un tapón destinados a introducirse en impresoras especiales que los perforan convenientemente para que fluya su contenido, y que son consumibles porque una vez agotados, se desechan, se deberán clasificar en la partida 32.15, en los incisos arancelarios 3215.11.90 y 3215.19.90, si fueran de color negro o de colores respectivamente.