Actualización Persona Jurídica no Lucrativa

Requisitos
1 Documento Personal de Identificación (DPI) del representante legal, debe enviarse escaneado de ambos lados.
2 Pasaporte vigente del representante legal, en caso de ser extranjero.
3 Documento de constitución inscrito en el Registro que corresponda.
4 Estatutos inscritos en el Registro que corresponda. (Si en el documento de constitución están inmersos los estatutos, no se requiere por separado).
5 Nombramiento de Representante Legal inscrito en el Registro que corresponda.
1 Documento Personal de Identificación (DPI) del representante legal, debe enviarse escaneado de ambos lados.
2 Pasaporte vigente del representante legal, en caso de ser extranjero.
3 Original del documento de constitución modificado, inscrito en el registro correspondiente.
4 Original del documento de los estatutos modificados, inscritos en el registro correspondiente. (Si en el documento de constitución están inmersos los estatutos, no se requiere por separado).
5 Original de Nombramiento de representante legal inscrito en el registro correspondiente.
1 Documento Personal de Identificación (DPI) del representante legal, debe enviarse escaneado de ambos lados.
2 Pasaporte vigente del representante legal, en caso de ser extranjero.
3 Original documento de constitución modificado, inscrito en el Registro Público de Sindicatos del Ministerio de Trabajo y Previsión Social.
4 Original de los estatutos modificados, inscritos en el Registro Público de Sindicatos del Ministerio de Trabajo y Previsión Social (Si en el documento de constitución están inmersos los estatutos, no se requiere por separado).
5 Original de Nombramiento de representante legal inscrito en el Registro de Poderes y Sindicatos del Ministerio de Trabajo y Previsión Social.
1 Documento Personal de Identificación (DPI) del representante legal, debe enviarse escaneado de ambos lados. 
2 Pasaporte vigente del representante legal, en caso de ser extranjero. 
 

3

Original del documento de constitución inscrito en el Registro de Ciudadanos del Tribunal Supremo Electoral. 
4 Original del documento de los estatutos inscritos en el Registro de Ciudadanos del Tribunal Supremo Electoral. (Si en el documento de constitución están inmersos los estatutos, no se requiere por separado). 
5 Original de Nombramiento de representante legal inscrito en el Registro de Ciudadanos del Tribunal Supremo Electoral o copia legalizada.
1 Documento Personal de Identificación (DPI) del representante legal, debe enviarse escaneado de ambos lados.
2 Pasaporte vigente del representante legal, en caso de ser extranjero.
3 Resolución de la inscripción y notificación emitida por el Tribunal Supremo Electoral.
4 Certificación de la representación legal emitida por la Dirección General del Registro de Ciudadanos del Tribunal Supremo Electoral.
1 Documento Personal de Identificación (DPI) del representante legal, debe enviarse escaneado de ambos lados.
2 Pasaporte vigente del representante legal, en caso de ser extranjero.
3 Resolución de la inscripción y notificación emitida por el Tribunal Supremo Electoral.
4 Resolución de la inscripción del Comité Cívico y notificación emitidas por el Tribunal Supremo Electoral.
5 Nombramiento de Representante Legal (si no se expresa en la resolución emitida por el Tribunal Supremo Electoral), vigente.
Lista de Pasos
  1. Los requisitos listados anteriormente se deberán de adjuntar escaneados a la solicitud en formato JPG, PDF o PNG.
  2. Al actualizar domicilio fiscal o comercial, debe adjuntar en formato JPG, PDF o PNG, factura por los servicios de agua, luz, teléfono (línea fija y/o celular), recibo del IUSI o documento emitido por la Municipalidad, no mayor a tres meses de su emisión. En el caso de actualización de domicilios comerciales o inscripción de establecimientos, se aceptará la patente de comercio, si la posee
  3. A partir de la fecha en que realice cualquier modificación de datos, debe actualizar la información dentro del plazo de treinta (30) días hábiles, de lo contrario se le aplicará la sanción con base al Artículo 94 del Decreto 6-91, Código Tributario.
  4. Si en el documento de constitución se realizó alguna modificación, debe adjuntar el documento de constitución y sus modificaciones.
  5. En caso de no tener el documento de constitución o que el mismo no sea legible o se encuentre deteriorado, presentar certificación emitida por la entidad competente.
  6. Previo a realizar la solicitud de actualización de datos, el Representante Legal y Contador registrado deben tener usuario de Agencia Virtual y datos actualizados en RTU Digital
¿Qué obtengo?
  • El contribuyente puede imprimir la constancia de actualización al Registro Tributario Unificado (RTU) desde la Agencia Virtual.

Casos especiales

En el caso de actualización de datos en el RTU Digital, no se acepta constancia de renovación de DPI.

Oficinas o Agencias para
realizar el trámite

Gestión a través de Agencia Virtual