Contribuyentes que han facturado más de Q 3,200 millones deben regularizar su situación
El Superintendente de Administración Tributaria, Marco Livio Díaz Reyes, informó que, en cumplimiento de lo establecido en el artículo 120 del Código Tributario, la SAT procederá a la suspensión de la afiliación del Impuesto al Valor Agregado (IVA) de los contribuyentes que se encuentren en situación de incumplimiento tributario, en la figura del Omiso Sustantivo.
Asimismo, recalcó que el omiso sustantivo es el estatus de un contribuyente que no ha presentado su declaración del IVA o la presentó de manera incorrecta, sin que esta se deba a una diferencia de criterio en una auditoría, sino a la falta de cumplimiento de su obligación tributaria.
La SAT ha estimado que, a septiembre de 2024, podrían ser suspendidos 215 mil 131 afiliaciones al Régimen del IVA: 184 mil 226 NIT por no tener ingresos y no declarar; 30 mil 211 NIT por tener ingresos y presentar declaración a cero y 694 NIT por tener ingresos y no presentar declaración. Estos contribuyentes están con un omiso sustantivo relacionado al impuesto en mención, y han facturado o vendido más de Q3, 258.4 millones. Las cifras abarcan contribuyentes medianos y grandes, así como de las 4 regiones del país, y se han identificado algunos escenarios principales:
- No tener ingresos y no presentar declaración
- Tener ingresos y no presentar declaración
- Tener ingresos y presentar declaración a cero
- Tener ingresos y presentar declaración parcial
- Facturar y presentar compras sin sustento económico
- Declarar compras de más, que las compras que tiene según FEL
Por último, el Superintendente instó a los contribuyentes a que atiendan el llamado que se hará a través de la Agencia Virtual (AV), ya que, de no tener respuesta en 10 días hábiles, se procederá a la suspensión, lo que conlleva a no poder emitir facturas y otros documentos tributarios. Estas acciones fortalecen la competencia leal y contribuyen por el país que todos queremos.