Requisitos para la Inactivación en el Registro de Exportadores

Requisitos
1 Contar con acceso a la Agencia Virtual, ubicada en el menú «Servicios al Contribuyente».

  • Selecciona el menú “Servicios al Contribuyente”.
  • En el apartado “RTU” selecciona la opción “Otros Registros de SAT”.
  • Selecciona la opción “Inactivación Exportador”.
1 Contar con acceso a la Agencia Virtual, ubicada en el menú ‘Servicios al Contribuyente’.

  • Selecciona el menú “Servicios al Contribuyente”.
  • En el apartado “RTU” selecciona la opción “Otros Registros de SAT”.
  • Selecciona la opción “Inactivación Exportador”.
Lista de Pasos

1. Estar inscrito como Exportador.
2. Estar Ratificado/Actualizado en el Registro Tributario Unificado (RTU) Digital, con número de teléfono celular y/o línea fija registrado en domicilio fiscal, y correo electrónico para notificaciones.
3. Estar solvente con el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y aduaneras, incluyendo las relativas a vehículos.
4. En el caso de personas jurídicas, contar con un representante legal activo, vigente y actualizado en RTU Digital.
5. Tener registrado un contador y que el mismo se encuentre activo en el registro correspondiente y solvente en sus obligaciones tributarias.
6. No tener requerimientos pendientes ante la Administración Tributaria (plan operativo).
7. No tener marca de dirección inválida (plan operativo no localizado).
8. No contar con cuotas vencidas de convenio de pago.

¿Que obtengo?
  • Una vez completados los pasos anteriores, podrá acceder a la Agencia Virtual o al portal SAT para imprimir su “Constancia de inscripción y Actualización de datos al Registro Tributario Unificado”, en la cual podrá verificar que ya no contará con la característica especial de Exportador.
Casos especiales

Oficinas o Agencias para
realizar el trámite

Gestión a través de Agencia Virtual