Morosos del Impuesto de Circulación de Vehículos

Estimado Contribuyente

A continuación encontrará un archivo en el cual puede verificar si posee vehículos que tengan Impuesto Sobre Circulación, pendiente de pago del referido impuesto.

Al descargar el archivo le mostrará la pantalla siguiente:

Por favor ingrese su NIT (persona individual o jurídica) y presione ENTER

Si se encuentra moroso del Impuesto Sobre Circulación de Vehículos, en automático le aparecerá su nombre.

Si NO presenta morosidad el sistema le mostrará  “El NIT no existe en el listado”

Si usted aparece en el listado es necesario que realice el pago del Impuesto Sobre Circulación de Vehículos (ISCV), debiendo llenar el formulario  SAT 4091 “Impuesto Sobre Circulación de Vehículos (ISCV). Vehículos terrestres”, imprimir su boleta de pago SAT 2000 y presentarla a través de banca en línea o en cualquier Agencia Bancaria.

Morosos del Impuesto de Circulación de Vehículos  

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Nota: En caso de no solventar su estado de morosidad, la Superintendencia de Administración Tributaria procederá a Inactivar de Oficio el parque vehicular aplicando la base legal establecida en el Decreto 70-94. Ley del Impuesto sobre Circulación de Vehículos Terrestres, Marítimos y Aéreos, Articulo 11 “… El Registro Fiscal de Vehículos cancelará de oficio las inscripciones de todo vehículo cuyo propietario hubiese dejado de pagar el impuesto a que se refiere la ley, durante tres (3) años consecutivos, vencido el plazo que tenía para realizar el pago del tercer año. Lo anterior, sin perjuicio del pago del impuesto omitido y las sanciones correspondientes. Cumplido lo anterior se reinscribirá el mismo en el Registro.”