Actualización de Afiliaciones

Requisitos
Lista de Pasos

1. Generar a través de Agencia Virtual la solicitud de actualización de datos, escanear en formato JPG, PDF o PNG los requisitos correspondientes y adjuntarlos a la solicitud.
2. El Representante Legal y Contador registrado previo a realizar la gestión, deben tener usuario de Agencia Virtual y datos actualizados en RTU Digital.
3. Si es Persona Individual: Si en el formulario de actualización de datos ingresa información en el campo denominado “Complemento de la dirección” del domicilio fiscal o si modifica la dirección comercial, debe adjuntar en formato JPG, PDF o PNG, factura por los servicios de agua, luz, teléfono (línea fija y/o celular), recibo del IUSI o documento emitido por la Municipalidad, no mayor a tres meses de su emisión. En el caso de actualización de domicilios comerciales o inscripción de establecimientos, se aceptará la patente de comercio, si la posee.

Si es Persona Jurídica: Al actualizar domicilio fiscal o comercial, debe adjuntar en formato JPG, PDF o PNG, factura por los servicios de agua, luz, teléfono (línea fija y/o celular), recibo del IUSI o documento emitido por la Municipalidad, no mayor a tres meses de su emisión. En el caso de actualización de domicilios comerciales o inscripción de establecimientos, se aceptará la patente de comercio, si la posee.

4. A partir de la fecha en que realice cualquier modificación de datos, debe actualizar la información dentro del plazo de treinta (30) días hábiles, de lo contrario se le aplicará la sanción con base al Artículo 94 del Decreto 6-91, Código Tributario.

¿Que obtengo?
  • A través de la Agencia Virtual podrás obtener la Constancia de Inscripción y Actualización del Registro Tributario Unificado (RTU), la misma la puedes imprimirla en el Portal en la opción Constancia RTU.

Casos especiales
  1. En caso de existir una resolución debe de adjuntar el documento escaneado a la solicitud en formato JPG, PDF o PNG.
  1. Si el cambio se realiza fuera del plazo legal establecido se le aplicará la sanción del Código Tributario.
  1. Para afiliarse a cualquier régimen Especial de Contribuyente Agropecuario o Régimen Electrónico especial de contribuyente Agropecuario debe de tener actualizada la actividad económica principal y de los establecimientos en cualquiera de las siguientes actividades económicas: (0162.40) Actividades de apoyo a la ganadería, (01411.40) Cría de ganado bovino excluyendo búfalos, (0142.40) Cría de caballos y otros equinos, (0144.40) Cría de ovejas y cabras, (0145.40) Cría de cerdos, (4620.40 ) Vendedores de animales.
  2. Sus estimados de ingresos no excedan de los Q.3,000.000.00. 
  3. Que se encuentre afiliado al régimen FEL 

Oficinas o Agencias para
realizar el trámite

Gestión a través de Agencia Virtual