Actualización Cambio de Régimen General del Impuesto al Valor Agregado a Pequeño Contribuyente

Requisitos
Lista de Pasos
  1. Para aplicar al régimen de pequeño contribuyente el monto de ventas o prestación de servicios no debe exceder de ciento cincuenta mil (Q150, 000.00) durante un año calendario.
  2. Para el requisito de comprobante de domicilio fiscal, debe considerar lo siguiente:
    • Cuando en la solicitud la selección en el campo “Tipo de documento comprobante de domicilio” es “Factura de Servicios”, debe ingresar la serie y número de documento de la factura por los servicios de energía eléctrica, agua potable, teléfono de línea fija o internet residencial, no mayor a tres meses de su emisión, en esta opción no se requiere adjuntar comprobante de domicilio.
    • Cuando la selección del campo “Tipo de documento comprobante de domicilio” es “otro tipo de documento”, debe adjuntar:
      • Recibo de agua potable, no mayor a tres meses de su emisión.
      • Recibo del IUSI, no mayor a tres meses de su emisión, se aceptará con fecha de emisión del año en curso, cuando el pago del impuesto se haya realizado de forma anual, semestral o trimestral y corresponda al pago anticipado del impuesto.
      • Los contribuyentes con obligaciones (establecimientos y afiliación al IVA en estado activo) que seleccionen la opción “otro tipo de documento” deberán finalizar su gestión de forma presencial en Oficina o Agencia Tributaria.
        Los documentos deben adjuntarse en formato JPG, PDF o PNG.
  3. Para el requisito de comprobante de domicilio comercial se aceptará los requisitos establecidos en el paso anterior o patente de comercio de empresa.
  4. A partir de la fecha en que realice cualquier modificación de datos, deben actualizar la información dentro del plazo de (30) días hábiles, de lo contrario se le aplicará sanción con base al Artículo 94 del Decreto 6-91, Código Tributario.            
  5. Debe solicitar a cualquier imprenta autorizada por SAT, la impresión de sus facturas y otros documentos o afiliarse al Régimen FEL (Factura Electrónica en Línea).                                                                                                                          
  6. Consignar en las facturas de pequeño contribuyente, la frase “No genera derecho a crédito fiscal”.                                                                                                            
  7. Presentar declaraciones de acuerdo con el régimen inscrito. 
¿Qué obtengo?
  • A través de la Agencia Virtual podrás obtener la Constancia de Inscripción y Actualización del Registro Tributario Unificado (RTU) o imprimirla en el Portal SAT opción Constancia RTU. 

Casos especiales

Oficinas o Agencias para
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  • Carretera El Salvador
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