Actualización de Representante de Estado y Organismo Internacional

Requisitos
1 Documento Personal de Identificación (DPI) del representante legal, debe enviarse escaneado de ambos lados. 
2 Pasaporte vigente del representante legal, en caso de ser extranjero. 
3 Original nombramiento del representante legal, carta de acreditación o carné diplomático. 
4 Original de la Nota de autorización del Ministerio de Relaciones Exteriores. 
5 El Representante Legal deberá contar con Agencia Virtual y datos actualizados en RTU.
Lista de Pasos

1. Generar a través de Agencia Virtual la solicitud de actualización de datos, escanear en formato JPG, PDF o PNG los requisitos correspondientes y adjuntarlos a la solicitud. Documento Personal de Identificación (DPI) debe enviarse escaneado de ambos lados.  

2. Previo a realizar la solicitud de actualización el representante legal y contador registrado si corresponde; debe tener NIT activo, usuario de Agencia Virtual, datos actualizados en RTU Digital y solvente de las obligaciones tributarias. 

3. Deberá adjuntar escaneado a la solicitud en formato JPG, PDF o PNG el nombramiento o cancelación del nombramiento. 

4.Para el requisito de comprobante de domicilio fiscal, debe considerar lo siguiente:

  • Cuando en la solicitud la selección en el campo “Tipo de documento comprobante de domicilio” es “Factura de Servicios”, debe ingresar la serie y número de documento de la factura por los servicios de energía eléctrica, agua potable, teléfono de línea fija o internet residencial, no mayor a tres meses de su emisión, en esta opción no se requiere adjuntar comprobante de domicilio.
  • Cuando la selección del campo “Tipo de documento comprobante de domicilio” es “otro tipo de documento”, debe adjuntar:
    • Recibo de agua potable, no mayor a tres meses de su emisión.
    • Recibo del IUSI, no mayor a tres meses de su emisión, se aceptará con fecha de emisión del año en curso, cuando el pago del impuesto se haya realizado de forma anual, semestral o trimestral y corresponda al pago anticipado del impuesto.
      Los documentos deben adjuntarse en formato JPG, PDF o PNG.
    • Los contribuyentes con obligaciones (establecimientos y afiliación al IVA en estado activo) que seleccionen la opción “otro tipo de documento” en la sección de ubicaciones, deberán finalizar su gestión de forma presencial en Oficina o Agencia Tributaria. 

5. A partir de la fecha en que realice cualquier modificación de datos, debe actualizar la información dentro del plazo de treinta (30) días hábiles, de lo contrario se le aplicará la sanción con base al Artículo 94 del Decreto 6-91, Código Tributario.

¿Que obtengo?
  • A través de la Agencia Virtual podrás obtener la Constancia de Inscripción y Actualización del Registro Tributario Unificado (RTU) o imprimirla en el Portal SAT opción Constancia RTU. 

Casos especiales

1. Si la gestión es realizada por un tercero, tanto el contribuyente como el tercero autorizado deben tener habilitado usuario de Agencia Virtual. El tercero autorizado debe actualizar sus datos en RTU, impresión dactilar.

En el caso de actualización de datos en el RTU Digital, no se acepta constancia de renovación de DPI.

Oficinas o Agencias para
realizar el trámite

Región Central

  • Agencia Ministerio de Relaciones Exteriores. 2ª. Avenida 4-17 zona 10 Edificio MINEX.