Cese de Actividades Persona Jurídica No Lucrativa

Requisitos
1 Llenar la solicitud de Cese de Actividades desde Agencia Virtual, opción Cancelación Definitiva de establecimientos Empresa/Organización
2 Representante Legal debidamente actualizado como persona individual en -RTU- Digital, con DPI o Pasaporte vigente, según corresponda.
3 Libros de compras, de ventas y de contabilidad con registros al día, adjuntar folio en donde se registró el último movimiento, último folio operado y siguiente en blanco debidamente anulado de cada uno de los libros autorizados, cuando corresponda.
4 Presentar documentos autorizados sin utilizar debidamente anulados. Adjuntar copia legible del último documento utilizado, siguiente sin utilizar y último del rango de cada serie de documentos autorizados.
5 Documento en el que conste la cancelación o disolución de la persona jurídica en el registro que corresponda, cuando solicite la cancelación de uno de sus establecimientos, debe adjuntar el documento de cancelación en el registro que corresponda, en caso no cuenten con el documento descrito, el contribuyente debe adjuntar el registro del libro de actas y un documento privado por medio del cual se establece que en junta de miembros asociados se disolvió el o los establecimientos registrados o documento emitido por el Representante Legal en donde conste el o los establecimientos y la fecha de cancelación.
6 Los documentos deben adjuntarse a la solicitud de forma legible y completos en formato JPG, PDF, PNG con un tamaño máximo de 10 MG.
7 Estar ratificado en -RTU- Digital, previo a realizar el proceso de cese de actividades.
Lista de Pasos
  1. Desde tu Agencia Virtual llena la solicitud de cese de actividades con los requisitos establecidos.
¿Que obtengo?
  • Desde su Agencia Virtual o desde el portal SAT puede imprimir su “Constancia del RTU” en la cual no se visualiza(n) el (los) establecimiento(s) cancelado(s), únicamente los activos.
  • Al ser aprobada su gestión de cese de actividades, recibirá la constancia de cese de actividades al correo electrónico registrado para el efecto.

Casos especiales

1. Estar solvente en tus obligaciones tributarias.
2. Si tienes vehículos y realizas cancelación total (cancelación de NIT), haber realizado el traspaso de propiedad o inactivación definitiva de propiedad de los mismos.
3. Si corresponde, debes haber pagado el Impuesto al Valor Agregado sobre el inventario y/o propiedad plantada y equipo.
4. En caso de pérdida, extravío, deterioro, robo o hurto de los documentos autorizados: Adjunta copia legible de la denuncia presentada ante las autoridades correspondientes, la cual se requiere que contenga como mínimo los datos siguientes: número de resolución, tipo de documento, serie y rango.
5. En caso de pérdida o extravío Dar el Aviso Anulación de Documentos reportado por medio de Agencia Virtual formulario SAT-0511.
6. De ser necesario se solicitará información adicional relacionada con los requisitos.

Oficinas o Agencias para
realizar el trámite

  • Gestión a través de Agencia Virtual