Devolución o Compensación de Vehículos

Requisitos
1 Presentar original del Documento Personal de Identificación (DPI) del contribuyente.
Si la gestión es realizada por Mandatario, presentar original y fotocopia del Documento Personal de Identificación (DPI) y fotocopia del testimonio de la escritura pública en donde se otorga el mandato y su debido registro.
2 En caso de ser persona extranjera, presentar original de pasaporte.
3 Formulario SAT-2124 Solicitud de devolución de crédito fiscal de IVA, pagos indebidos o en exceso de otros impuestos, impuestos pagados por importación de combustibles o depósitos por garantías aduanales.
4 Solicitud por escrito, de conformidad con el Artículo 122 del Decreto Número 6-91, Código Tributario.
5 Declaración Jurada ante Notario, en Acta Notarial de no haber recibido devolución, acreditamiento o compensación del monto solicitado. (Debe cumplir con los requisitos establecidos en los artículos 60, 61 y 62, Código de Notariado, Decreto Número 314-46; artículo 33 numeral 10, Ley del Impuesto de Timbres Fiscales y de Papel Sellado Especial para Protocolos, Decreto 37-92, ambos del Congreso de la República de Guatemala; y artículos 5 y 6 del Acuerdo Gubernativo número 4-2013, Reglamento de la Ley del Impuesto de Timbres Fiscales y de Papel Sellado Especial para Protocolos). En casos de solicitudes de montos menores o hasta Q1,000.00 no se debe presentar este requisito.
6 Fotocopia simple de los formularios SAT-401, 203, 409, 231 (versión vigente) y su rectificación (según corresponda).
7 Fotocopia simple del certificado de propiedad del vehículo y la tarjeta de circulación o la factura de la primera venta (según corresponda).
8 Observaciones:
a. El trámite del vehículo deberá estar finalizado ante el Registro Fiscal de Vehículos, cuando proceda.
b. Los pagos realizados en concepto de ingresos privativos (traspasos, modificaciones y reposiciones) deberán gestionarse ante la Gerencia Administrativa Financiera de la Superintendencia de Administración Tributaria.
9 Si el trámite es realizado por tercera persona, presentar, el formulario SAT-362 y el Documento Personal de Identificación (DPI) de la tercera persona.
1 Presentar original del Documento Personal de Identificación (DPI) del Representante Legal.
Si la gestión es realizada por Mandatario, presentar original y fotocopia del Documento Personal de Identificación (DPI) y fotocopia del testimonio de la escritura pública en donde se otorga el mandato y su debido registro.
2 En el caso de ser persona extranjera, presentar el pasaporte en original.
3 Formulario SAT-2124 Solicitud de devolución de crédito fiscal de IVA, pagos indebidos o en exceso de otros impuestos, impuestos pagados por importación de combustibles o depósitos por garantías aduanales.
4 Presentar original del Acta Notarial de nombramiento del Representante Legal u original y fotocopia del mandato debidamente registrado según corresponda.
5 Solicitud por escrito, de conformidad con el Artículo 122 del Decreto Número 6-91, Código Tributario.
6 Declaración Jurada ante Notario, en Acta Notarial de no haber recibido devolución, acreditamiento o compensación del monto solicitado. (Debe cumplir con los requisitos establecidos en los artículos 60, 61 y 62, Código de Notariado, Decreto Número 314-46; artículo 33 numeral 10, Ley del Impuesto de Timbres Fiscales y de Papel Sellado Especial para Protocolos, Decreto 37-92, ambos del Congreso de la República de Guatemala; y artículos 5 y 6 del Acuerdo Gubernativo número 4-2013, Reglamento de la Ley del Impuesto de Timbres Fiscales y de Papel Sellado Especial para Protocolos). En casos de solicitudes de montos menores o hasta Q1,000.00 no se debe presentar este requisito.
7 Fotocopia simple de los formularios SAT-401, 203, 409, 231 (versión vigente) y su rectificación (según corresponda).
8 Fotocopia simple del certificado de propiedad del vehículo y la tarjeta de circulación o la factura de la primera venta (según corresponda).
9 Observaciones:
a. El trámite del vehículo deberá estar finalizado ante el Registro Fiscal de Vehículos, cuando proceda.
b. Los pagos realizados en concepto de ingresos privativos (traspasos, modificaciones y reposiciones) deberán gestionarse ante la Gerencia Administrativa Financiera de la Superintendencia de Administración Tributaria.
10 Si el trámite es realizado por tercera persona, presentar, el formulario SAT-362 y el Documento Personal de Identificación (DPI) de la tercera persona.
Lista de Pasos

1. Solicita en Oficinas o Agencias Tributarias el formulario en papel SAT-2124

2. Descarga e imprime la boleta de: Requisitos de Devolución o Compensación de Vehículos y presenta los requisitos indicados.

3. Si te encuentras ubicado en el interior de la República debes presentarte en Oficinas o Agencias Tributarias más cercana con los requisitos establecidos.

4. Finaliza la gestión de Recepción, cuando te entreguen copia del formulario SAT-2124 con sticker donde indique el número de Expediente.

¿Que obtengo?

Copia del formulario SAT-2124 con sticker del expediente.

Casos especiales

1. La entidad/contribuyente, el representante legal, mandatario y tercera persona (si corresponde), deben estar solventes en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias formales y actualizados dentro del Registro Tributario Unificado. El cumplimiento de estos requisitos se verificará internamente; no debe adjuntar ningún documento de soporte.

2. Las declaraciones objeto de la solicitud deben ser rectificadas, cuando corresponda, lo anterior no aplica para las solicitudes de devolución por compra-venta de bienes inmuebles, vehículos, habilitación de libros, retenciones de ISR a pequeños contribuyentes del 5%, timbres fiscales, multas e intereses.

3. Los documentos deberán entregarse en folder tamaño oficio, debidamente ordenados y foliados, iniciando por el formulario SAT-2124, siguiendo por el memorial de solicitud y documentación de respaldo, a efecto de ingresar de último la boleta de verificación de requisitos.

Oficinas o Agencias para
realizar el trámite

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