Devolución o Compensación de Vehículos
1 | Presentar original del Documento Personal de Identificación (DPI) del contribuyente. Si la gestión es realizada por Mandatario, presentar original y fotocopia del Documento Personal de Identificación (DPI) y fotocopia del testimonio de la escritura pública en donde se otorga el mandato y su debido registro. |
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2 | En caso de ser persona extranjera, presentar original de pasaporte. | |
3 | Formulario SAT-2124 Solicitud de devolución de crédito fiscal de IVA, pagos indebidos o en exceso de otros impuestos, impuestos pagados por importación de combustibles o depósitos por garantías aduanales. | |
4 | Solicitud por escrito, de conformidad con el Artículo 122 del Decreto Número 6-91, Código Tributario. | |
5 | Declaración Jurada ante Notario, en Acta Notarial de no haber recibido devolución, acreditamiento o compensación del monto solicitado. (Debe cumplir con los requisitos establecidos en los artículos 60, 61 y 62, Código de Notariado, Decreto Número 314-46; artículo 33 numeral 10, Ley del Impuesto de Timbres Fiscales y de Papel Sellado Especial para Protocolos, Decreto 37-92, ambos del Congreso de la República de Guatemala; y artículos 5 y 6 del Acuerdo Gubernativo número 4-2013, Reglamento de la Ley del Impuesto de Timbres Fiscales y de Papel Sellado Especial para Protocolos). En casos de solicitudes de montos menores o hasta Q1,000.00 no se debe presentar este requisito. | |
6 | Fotocopia simple de los formularios SAT-401, 203, 409, 231 (versión vigente) y su rectificación (según corresponda). | |
7 | Fotocopia simple del certificado de propiedad del vehículo y la tarjeta de circulación o la factura de la primera venta (según corresponda). | |
8 | Observaciones: a. El trámite del vehículo deberá estar finalizado ante el Registro Fiscal de Vehículos, cuando proceda. b. Los pagos realizados en concepto de ingresos privativos (traspasos, modificaciones y reposiciones) deberán gestionarse ante la Gerencia Administrativa Financiera de la Superintendencia de Administración Tributaria. |
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9 | Si el trámite es realizado por tercera persona, presentar, el formulario SAT-362 y el Documento Personal de Identificación (DPI) de la tercera persona. |
1 | Presentar original del Documento Personal de Identificación (DPI) del Representante Legal. Si la gestión es realizada por Mandatario, presentar original y fotocopia del Documento Personal de Identificación (DPI) y fotocopia del testimonio de la escritura pública en donde se otorga el mandato y su debido registro. |
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2 | En el caso de ser persona extranjera, presentar el pasaporte en original. | |
3 | Formulario SAT-2124 Solicitud de devolución de crédito fiscal de IVA, pagos indebidos o en exceso de otros impuestos, impuestos pagados por importación de combustibles o depósitos por garantías aduanales. | |
4 | Presentar original del Acta Notarial de nombramiento del Representante Legal u original y fotocopia del mandato debidamente registrado según corresponda. | |
5 | Solicitud por escrito, de conformidad con el Artículo 122 del Decreto Número 6-91, Código Tributario. | |
6 | Declaración Jurada ante Notario, en Acta Notarial de no haber recibido devolución, acreditamiento o compensación del monto solicitado. (Debe cumplir con los requisitos establecidos en los artículos 60, 61 y 62, Código de Notariado, Decreto Número 314-46; artículo 33 numeral 10, Ley del Impuesto de Timbres Fiscales y de Papel Sellado Especial para Protocolos, Decreto 37-92, ambos del Congreso de la República de Guatemala; y artículos 5 y 6 del Acuerdo Gubernativo número 4-2013, Reglamento de la Ley del Impuesto de Timbres Fiscales y de Papel Sellado Especial para Protocolos). En casos de solicitudes de montos menores o hasta Q1,000.00 no se debe presentar este requisito. | |
7 | Fotocopia simple de los formularios SAT-401, 203, 409, 231 (versión vigente) y su rectificación (según corresponda). | |
8 | Fotocopia simple del certificado de propiedad del vehículo y la tarjeta de circulación o la factura de la primera venta (según corresponda). | |
9 | Observaciones: a. El trámite del vehículo deberá estar finalizado ante el Registro Fiscal de Vehículos, cuando proceda. b. Los pagos realizados en concepto de ingresos privativos (traspasos, modificaciones y reposiciones) deberán gestionarse ante la Gerencia Administrativa Financiera de la Superintendencia de Administración Tributaria. |
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10 | Si el trámite es realizado por tercera persona, presentar, el formulario SAT-362 y el Documento Personal de Identificación (DPI) de la tercera persona. |
1. Solicita en Oficinas o Agencias Tributarias el formulario en papel SAT-2124
2. Descarga e imprime la boleta de: Requisitos de Devolución o Compensación de Vehículos y presenta los requisitos indicados.
3. Si te encuentras ubicado en el interior de la República debes presentarte en Oficinas o Agencias Tributarias más cercana con los requisitos establecidos.
4. Finaliza la gestión de Recepción, cuando te entreguen copia del formulario SAT-2124 con sticker donde indique el número de Expediente.
Copia del formulario SAT-2124 con sticker del expediente.
1. La entidad/contribuyente, el representante legal, mandatario y tercera persona (si corresponde), deben estar solventes en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias formales y actualizados dentro del Registro Tributario Unificado. El cumplimiento de estos requisitos se verificará internamente; no debe adjuntar ningún documento de soporte.
2. Las declaraciones objeto de la solicitud deben ser rectificadas, cuando corresponda, lo anterior no aplica para las solicitudes de devolución por compra-venta de bienes inmuebles, vehículos, habilitación de libros, retenciones de ISR a pequeños contribuyentes del 5%, timbres fiscales, multas e intereses.
3. Los documentos deberán entregarse en folder tamaño oficio, debidamente ordenados y foliados, iniciando por el formulario SAT-2124, siguiendo por el memorial de solicitud y documentación de respaldo, a efecto de ingresar de último la boleta de verificación de requisitos.
Oficinas o Agencias para
realizar el trámite
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- Recepción de Documentos (Edificio Torre SAT 7 Avenida 3-73 zona 9)
Gerencias Especiales
- Boulevard los Próceres 18-29 zona 10 Edificio Empresarial Torre II