Devolución o Compensación de Retenciones de ISR Retenido a Personas Residentes y no Residentes con Establecimiento Permanente SAT-1331
1 | Presentar original del Documento Personal de Identificación (DPI) del contribuyente. Si la gestión es realizada por Mandatario, presentar original y fotocopia del Documento Personal de Identificación (DPI) y fotocopia del testimonio de la escritura pública en donde se otorga el mandato y su debido registro. |
|
2 | En caso de ser persona extranjera, presentar original de pasaporte. | |
3 | Formulario SAT-2124 Solicitud de devolución de crédito fiscal de IVA, pagos indebidos o en exceso de otros impuestos, impuestos pagados por importación de combustibles o depósitos por garantías aduanales. | |
4 | Solicitud por escrito de conformidad con el Artículo 122 del Decreto Número 6-91, Código Tributario. | |
5 | Declaración Jurada ante Notario, en Acta Notarial de no haber recibido devolución, acreditamiento o compensación del monto solicitado. (Debe cumplir con los requisitos establecidos en los artículos 60, 61 y 62, Código de Notariado, Decreto Número 314-46; artículo 33 numeral 10, Ley del Impuesto de Timbres Fiscales y de Papel Sellado Especial para Protocolos, Decreto 37-92, ambos del Congreso de la República de Guatemala; y artículos 5 y 6 del Acuerdo Gubernativo número 4-2013, Reglamento de la Ley del Impuesto de Timbres Fiscales y de Papel Sellado Especial para Protocolos). En casos de solicitudes de montos menores o hasta Q1,000.00 no se debe presentar este requisito. | |
6 | Fotocopias simples de las declaraciones del Impuesto Sobre la Renta. Retenciones efectuadas a residentes y no residentes con establecimiento permanente. Declaración jurada y pago mensual y rectificación (es), (cuando corresponda). | |
7 | Fotocopias certificadas por el Contador Registrado y actualizado en el Registro Tributario Unificado ante la Superintendencia de Administración Tributaria de: a. Constancias de retención relacionadas a la solicitud. b. De los documentos que respalden las retenciones efectuadas y declaradas en los formularios SAT Nos. 133 (versión vigente). c. Del (de los) folio(s) del Libro de Compras y Servicios Adquiridos, donde aparezca(n) registrada(s) las factura(s) a la(s) que le aplicó retención o Planilla de sueldos y salarios (lo que corresponda). d. Del folio del Libro Diario Mayor General donde se encuentre registrado el saldo a su favor y/o la cuenta por cobrar a la Administración Tributaria. |
|
8 | Nota importante: esta solicitud aplica referente a las 4 causales siguientes: • Retenciones sobre Actividades Lucrativas • Retenciones sobre Facturas Especiales • Retenciones sobre Rentas del Trabajo • Retenciones sobre Rentas de Capital |
|
9 | Si el trámite es realizado por tercera persona, presenta, el formulario SAT-362 y el Documento Personal de Identificación (DPI) de la tercera persona. |
1 | Presentar original del Documento Personal de Identificación (DPI) del Representante Legal. Si la gestión es realizada por Mandatario, presentar original y fotocopia del Documento Personal de Identificación (DPI) y fotocopia del testimonio de la escritura pública en donde se otorga el mandato y su debido registro. |
|
2 | En el caso de ser persona extranjera, presentar el pasaporte en original y fotocopia simple. | |
3 | Formulario SAT-2124 Solicitud de devolución de crédito fiscal de IVA, pagos indebidos o en exceso de otros impuestos, impuestos pagados por importación de combustibles o depósitos por garantías aduanales. | |
4 | Presentar original del Acta Notarial de nombramiento del Representante Legal u original y fotocopia del mandato debidamente registrado según corresponda. | |
5 | Solicitud por escrito de conformidad con el Artículo 122 del Decreto Número 6-91, Código Tributario. | |
6 | Declaración Jurada ante Notario, en Acta Notarial de no haber recibido devolución, acreditamiento o compensación del monto solicitado. (Debe cumplir con los requisitos establecidos en los artículos 60, 61 y 62, Código de Notariado, Decreto Número 314-46; artículo 33 numeral 10, Ley del Impuesto de Timbres Fiscales y de Papel Sellado Especial para Protocolos, Decreto 37-92, ambos del Congreso de la República de Guatemala; y artículos 5 y 6 del Acuerdo Gubernativo número 4-2013, Reglamento de la Ley del Impuesto de Timbres Fiscales y de Papel Sellado Especial para Protocolos). En casos de solicitudes de montos menores o hasta Q1,000.00 no se debe presentar este requisito. | |
7 | Fotocopias simples de las declaraciones del Impuesto Sobre la Renta. Retenciones efectuadas a residentes y no residentes con establecimiento permanente. Declaración jurada y pago mensual y rectificación (es), (cuando corresponda). | |
8 | Fotocopias certificadas por el Contador Registrado y actualizado en el Registro Tributario Unificado ante la Superintendencia de Administración Tributaria de: a. Constancias de retención relacionadas a la solicitud. b. De los documentos que respalden las retenciones efectuadas y declaradas en los formularios SAT Nos. 133 (versión vigente). c. Del (de los) folio(s) del Libro de Compras y Servicios Adquiridos, donde aparezca(n) registrada(s) las factura(s) a la(s) que le aplicó retención o Planilla de sueldos y salarios (lo que corresponda). d. Del folio del Libro Diario Mayor General donde se encuentre registrado el saldo a su favor y/o la cuenta por cobrar a la Administración Tributaria. |
|
9 | Nota importante: esta solicitud aplica referente a las 4 causales siguientes: • Retenciones sobre Actividades Lucrativas • Retenciones sobre Facturas Especiales • Retenciones sobre Rentas del Trabajo • Retenciones sobre Rentas de Capital |
|
10 | Si el trámite es realizado por tercera persona, presenta, el formulario SAT-362 y el Documento Personal de Identificación (DPI) de la tercera persona. |
1. Solicita en Oficinas o Agencias Tributarias el formulario en papel SAT-2124
2. Descarga e imprime la boleta de: Requisitos de devolución o compensación de retenciones de ISR retenido a personas residentes y no residentes con establecimiento permanente y presenta los requisitos indicados.
3. Si te encuentras ubicado en el interior de la República debes presentarte en Oficinas o Agencias Tributarias más cercana con los requisitos establecidos.
4. Finaliza la gestión de Recepción, cuando te entreguen copia del formulario SAT-2124 con sticker donde indique el número de Expediente.
Copia del formulario SAT-2124 con sticker del expediente.
1. La entidad/contribuyente, el representante legal, mandatario y tercera persona (si corresponde), deben estar solventes en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias formales y actualizados dentro del Registro Tributario Unificado. El cumplimiento de estos requisitos se verificará internamente; no debe adjuntar ningún documento de soporte.
2. Las declaraciones objeto de la solicitud deben ser rectificadas, cuando corresponda, lo anterior no aplica para las solicitudes de devolución por compra-venta de bienes inmuebles, vehículos, habilitación de libros, retenciones de ISR a pequeños contribuyentes del 5%, timbres fiscales, multas e intereses.
3. Los documentos deberán entregarse en folder tamaño oficio, debidamente ordenados y foliados, iniciando por el formulario SAT-2124, siguiendo por el memorial de solicitud y documentación de respaldo, a efecto de ingresar de último la boleta de verificación de requisitos.
Oficinas o Agencias para
realizar el trámite
Región Central
Sin Cita
- Recepción de Documentos (Edificio Torre SAT 7 Avenida 3-73 zona 9)
Gerencias Especiales
- Boulevard los Próceres 18-29 zona 10 Edificio Empresarial Torre II
Región Occidente
Sin Cita
- Quetzaltenango
- Huehuetenango
- San Marcos
- Quiche
- Sololá
- Totonicapán
- Coatepeque
- Panajachel
Región Nororiente
Sin Cita
- Zacapa
- Baja Verapaz
- Alta Verapaz
- Jalapa
- Petén
- Poptún
- Izabal
- Chiquimula
- Esquipulas
- Livingston
Región Sur
Sin Cita
- Escuintla
- Retalhuleu
- Jutiapa
- Santa Rosa
- Suchitepéquez
- Santa Lucía Cotzumalguapa