Devolución del Impuesto Específico a la Primera Matrícula de Vehículos Automotores Terrestres (IPRIMA), SAT-4041 O 4081

Requisitos
1 Documento Personal de Identificación (DPI) del contribuyente, Representante Legal o Mandatario, debe enviarse escaneado de ambos lados.
2 En el caso de ser persona extranjera, presentar el pasaporte en original.
3 Formulario SAT-2124 Solicitud de devolución de crédito fiscal de IVA, pagos indebidos o en exceso de otros impuestos, impuestos pagados por importación de combustibles o depósitos por garantías aduanales.
4 Solicitud por escrito, de conformidad con el Artículo 122 del Decreto Número 6-91, Código Tributario.
5 Declaración Jurada ante Notario, en Acta Notarial de no haber recibido devolución, acreditamiento o compensación del monto solicitado. (Debe cumplir con los requisitos establecidos en los artículos 60, 61 y 62, Código de Notariado, Decreto Número 314-46; artículo 33 numeral 10, Ley del Impuesto de Timbres Fiscales y de Papel Sellado Especial para Protocolos, Decreto 37-92, ambos del Congreso de la República de Guatemala; y artículos 5 y 6 del Acuerdo Gubernativo número 4-2013, Reglamento de la Ley del Impuesto de Timbres Fiscales y de Papel Sellado Especial para Protocolos). En casos de solicitudes de montos menores o hasta Q1,000.00 no se debe presentar este requisito.
6 Fotocopias simples de los Formularios SAT-No. 404 (versión vigente), Declaraciones Juradas y Recibos de Pago del Impuesto Específico a la Primera Matrícula de Vehículos Automotores Terrestres y sus respectivos comprobantes de pago y/o confirmación; de existir rectificación, presentar la DUCA rectificada..
7 Fotocopia simple del certificado de propiedad del vehículo y la tarjeta de circulación o la factura de la primera venta (según corresponda).
8 Fotocopia simple de la póliza que originó el pago, adjuntando todos los documentos de la misma (Factura, Bill of Lading, Carta de Porte, orden de embarque, etc.)
9 Fotocopia simple de la Declaración de Mercancías DUA-GT y/o DUCA con su documentación de soporte (carta de porte, manifiesto de carga, conocimiento de embarque, factura, etc) y su rectificación con resolución de autorización, cuando corresponda.
10 Certificación bancaria emitida por el (los) banco (s) correspondiente (s), en donde se realizaron los pagos, en la cual se acredite que no le han efectuado reintegro o devolución del monto solicitado.
11 Fotocopia certificada por el contador del Folio del Libro Diario Mayor General donde se encuentre registrado el saldo a su favor y la cuenta por cobrar a la Administración Tributaria, y el Folio del Libro de Compras donde se encuentre registrada la compra del contribuyente (cuando corresponda) (Exceptuando los que no estén obligados a llevar contabilidad completa).
12 Si el trámite es realizado por tercera persona, presentar, el formulario SAT-362 y el Documento Personal de Identificación (DPI) de la tercera persona.
1 Documento Personal de Identificación (DPI) del contribuyente, Representante Legal o Mandatario, debe enviarse escaneado de ambos lados.
2 En el caso de ser persona extranjera, presentar el pasaporte en original.
3 Formulario SAT-2124 Solicitud de devolución de crédito fiscal de IVA, pagos indebidos o en exceso de otros impuestos, impuestos pagados por importación de combustibles o depósitos por garantías aduanales.
4 Presentar original del nombramiento del representante legal o mandatario.
5 Solicitud por escrito, de conformidad con el Artículo 122 del Decreto Número 6-91, Código Tributario.
6 Declaración Jurada ante Notario, en Acta Notarial de no haber recibido devolución, acreditamiento o compensación del monto solicitado. (Debe cumplir con los requisitos establecidos en los artículos 60, 61 y 62, Código de Notariado, Decreto Número 314-46; artículo 33 numeral 10, Ley del Impuesto de Timbres Fiscales y de Papel Sellado Especial para Protocolos, Decreto 37-92, ambos del Congreso de la República de Guatemala; y artículos 5 y 6 del Acuerdo Gubernativo número 4-2013, Reglamento de la Ley del Impuesto de Timbres Fiscales y de Papel Sellado Especial para Protocolos). En casos de solicitudes de montos menores o hasta Q1,000.00 no se debe presentar este requisito.
7 Fotocopias simples de los Formularios SAT-No. 404 (versión vigente), Declaraciones Juradas y Recibos de Pago del Impuesto Específico a la Primera Matrícula de Vehículos Automotores Terrestres y sus respectivos comprobantes de pago y/o confirmación; de existir rectificación, presentar la DUCA rectificada..
8 Fotocopia simple del certificado de propiedad del vehículo y la tarjeta de circulación o la factura de la primera venta (según corresponda).
9 Fotocopia simple de la póliza que originó el pago, adjuntando todos los documentos de la misma (Factura, Bill of Lading, Carta de Porte, orden de embarque, etc.)
10 Fotocopia simple de la Declaración de Mercancías DUA-GT y/o DUCA con su documentación de soporte (carta de porte, manifiesto de carga, conocimiento de embarque, factura, etc) y su rectificación con resolución de autorización, cuando corresponda.
11 Certificación bancaria emitida por el (los) banco (s) correspondiente (s), en donde se realizaron los pagos, en la cual se acredite que no le han efectuado reintegro o devolución del monto solicitado.
12 Fotocopia certificada por el contador del Folio del Libro Diario Mayor General donde se encuentre registrado el saldo a su favor y la cuenta por cobrar a la Administración Tributaria, y el Folio del Libro de Compras donde se encuentre registrada la compra del contribuyente (cuando corresponda) (Exceptuando los que no estén obligados a llevar contabilidad completa).
13 Si el trámite es realizado por tercera persona, presentar, el formulario SAT-362 y el Documento Personal de Identificación (DPI) de la tercera persona.
Lista de Pasos

1. Solicita en Oficinas o Agencias Tributarias el formulario en papel SAT-2124

2. Descarga e imprime la boleta de: Devolución del Impuesto Específico a la Primera Matrícula de Vehículos Automotores Terrestres y presenta los requisitos indicados.

3. Si te encuentras ubicado en el interior de la República debes presentarte en Oficinas o Agencias Tributarias más cercana con los requisitos establecidos.

4. Finaliza la gestión de Recepción, cuando te entreguen copia del formulario SAT-2124 con sticker donde indique el número de Expediente.

¿Que obtengo?

Copia del formulario SAT-2124 con sticker del expediente.

Casos especiales

1. La entidad/contribuyente, el representante legal, mandatario y tercera persona (si corresponde), deben estar solventes en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias formales y actualizados dentro del Registro Tributario Unificado. El cumplimiento de estos requisitos se verificará internamente; no debe adjuntar ningún documento de soporte.

2. Las declaraciones objeto de la solicitud deben ser rectificadas, cuando corresponda, lo anterior no aplica para las solicitudes de devolución por compra-venta de bienes inmuebles, vehículos, habilitación de libros, retenciones de ISR a pequeños contribuyentes del 5%, timbres fiscales, multas e intereses.

3. Los documentos deberán entregarse en folder tamaño oficio, debidamente ordenados y foliados, iniciando por el formulario SAT-2124, siguiendo por el memorial de solicitud y documentación de respaldo, a efecto de ingresar de último la boleta de verificación de requisitos.

Oficinas o Agencias para
realizar el trámite

Región Central

Sin Cita

  • Recepción de Documentos (Edificio Torre SAT 7 Avenida 3-73 zona 9)

Gerencias Especiales

  • Boulevard los Próceres 18-29 zona 10 Edificio Empresarial Torre II

Región Occidente

Sin Cita

  • Quetzaltenango
  • Huehuetenango
  • San Marcos
  • Quiche
  • Sololá
  • Totonicapán
  • Coatepeque
  • Panajachel

Región Nororiente

Sin Cita

  • Zacapa
  • Baja Verapaz
  • Alta Verapaz
  • Jalapa
  • Petén
  • Poptún
  • Izabal
  • Chiquimula
  • Esquipulas
  • Livingston

Región Sur

Sin Cita

  • Escuintla
  • Retalhuleu
  • Jutiapa
  • Santa Rosa
  • Suchitepéquez
  • Santa Lucía Cotzumalguapa