Inscripción de Organización No Gubernamental –ONG- inscritas en el Registro de Personas Jurídicas –REPEJU- a partir del 3 de agosto 2022
Requisitos
1 | Para comprobante de domicilio debe contar con alguno de los documentos siguientes: | |
1.1. | Factura por los servicios de energía eléctrica, agua potable, teléfono de línea fija o internet residencial. Recibo de agua potable. No mayor a tres meses de su emisión. |
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1.2. | Recibo de IUSI no mayor a tres meses de su emisión o con fecha de emisión del año en curso, cuando el pago del impuesto se haya realizado de forma anual, semestral o trimestral y corresponda al pago anticipado del impuesto. |
Lista de Pasos
- Debe iniciar su gestión de inscripción ante el Registro de las Personas Jurídicas –REPEJU-
- Completar la información de inscripción mediante el enlace enviado por la Superintendencia de Administración Tributaria –SAT-.
- Posterior a la autorización de inscripción de la ONG, presentarse a una Agencia u Oficina Tributaria para finalizar con su gestión.
- El Representante Legal, Perito Contador y Notario deben cumplir con lo siguiente:
- Datos actualizados en el sistema del Registro Tributario Unificado –RTU-.
- Tener Agencia Virtual habilitada.
- El Contador debe estar inscrito en el Registro de Contadores.
- El Notario debe estar inscrito en el Registro de Notarios.
- De existir modificación en el documento de constitución o representación legal, debe informar al Registro de las Personas Jurídicas –REPEJU-.
- Para el requisito de comprobante de domicilio fiscal o comercial, debe considerar lo siguiente:
- Cuando en la solicitud la selección en el campo “Tipo de documento comprobante de domicilio” es “Factura de Servicios”, debe ingresar la serie y número de documento de la factura por los servicios de energía eléctrica, agua potable, teléfono de línea fija o internet residencial, no mayor a tres meses de su emisión, en esta opción no se requiere adjuntar comprobante de domicilio.
- Cuando la selección del campo “Tipo de documento comprobante de domicilio” es “otro tipo de documento”, debe adjuntar:
- Recibo de agua potable no mayor a tres meses de su emisión
- Recibo del IUSI, no mayor a tres meses de su emisión, se aceptará con fecha de emisión del año en curso, cuando el pago del impuesto se haya realizado de forma anual, semestral o trimestral y corresponda al pago anticipado del impuesto.
¿Que obtengo?
- A través de la Agencia Virtual podrás obtener la Constancia de Inscripción y Actualización del Registro Tributario Unificado (RTU) o imprimirla en el Portal SAT opción Constancia RTU.
Casos especiales
Oficinas o Agencias para
realizar el trámite
Región Central
- Galerias Prima
- San Rafael
- Pacific Villa Hermosa
- Carretera al Salvador
- Montserrat
- Dubai
- Zona 9 (Torre SAT)
- Chimaltenango
- El Progreso
- Sacatepéquez
Región Occidente
- Quetzaltenango
- Coatepeque
- Huehuetenango
- San Marcos
- Malacatán
- El Quiché
- Totonicapán
- Sololá
- Panajachel
Región Nororiente
- Zacapa
- Baja Verapaz
- Alta Verapaz
- Jalapa
- Petén
- Poptùn
- Izabal
- Chiquimula
- Esquipulas
- Livingston
Región Sur
- Escuintla
- Retalhuleu
- Jutiapa
- Santa Rosa
- Suchitepéquez
- Mazatenango
- Santa Lucía Cotzumalguapa