Inscripción NIT sin obligaciones para Guatemaltecos Residentes en el Extranjero para adquisición o arrendamiento de bien inmueble
Requisitos
1 | Documento Personal de Identificación (DPI) del mandante, debe enviarse escaneado de ambos lados. | |
2 | Documento Personal de Identificación (DPI) del mandatario, debe enviarse escaneado de ambos lados. | |
3 | Pasaporte vigente del mandatario, en caso de ser extranjero. | |
4 | Testimonio de escritura pública de mandato vigente. | |
5 | Certificación emitida por el Registro General de la Propiedad, en la que se indique la ubicación geográfica del bien inmueble. | |
6 | Para comprobante de domicilio debe contar con alguno de los documentos siguientes: | |
6.1 | Factura por los servicios de energía eléctrica, agua potable, teléfono de línea fija o internet residencial.
Recibo de agua potable.
No mayor a tres meses de su emisión.
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6.2 | Recibo de IUSI no mayor a tres meses de su emisión o con fecha de emisión del año en curso, cuando el pago del impuesto se haya realizado de forma anual, semestral o trimestral y corresponda al pago anticipado del impuesto. |
Lista de Pasos
1. Escanear y adjuntar los requisitos a la solicitud.
2. El mandatario debe cumplir con lo siguiente:
- Agencia Virtual habilitada
- Datos actualizados en el sistema de Registro Tributario Unificado
- Los requisitos listados anteriormente se deberán de adjuntar escaneados a la solicitud de inscripción en formato JPG, PDF o PNG.
3. Para el requisito de comprobante de domicilio fiscal, debe considerar lo siguiente:
- Cuando en la solicitud la selección en el campo “Tipo de documento comprobante de domicilio” es “Factura de Servicios”, debe ingresar la serie y número de documento de la factura por los servicios de energía eléctrica, agua potable, teléfono de línea fija o internet residencial, no requiere adjuntar documento.
- Cuando la selección del campo “Tipo de documento comprobante de domicilio” es “otro tipo de documento”, debe adjuntar:
- recibo de agua potable no mayor a tres meses de su emisión
- recibo del IUSI, no mayor a tres meses de su emisión, se aceptará con fecha de emisión del año en curso, cuando el pago del impuesto se haya realizado de forma anual, semestral o trimestral y corresponda al pago anticipado del impuesto.
4. En la solicitud en la pregunta ¿Quién finalizará la gestión? debe seleccionar la opción “Mandatario/Representante”
¿Qué obtengo?
- A través de la Agencia Virtual podrás obtener la Constancia de Inscripción y Actualización del Registro Tributario Unificado (RTU), la misma la puedes imprimirla en el Portal en la opción Constancia RTU.
Casos especiales
En el caso de inscripción de datos en el RTU Digital, no se acepta constancia de renovación de DPI.