Ratificación o Confirmación Anual de Datos
1 | Documento Personal de Identificación (DPI), debe enviarse escaneado de ambos lados. | |
2 | Pasaporte vigente en caso de ser extranjero. |
1 | Documento Personal de Identificación (DPI) del representante legal, debe enviarse escaneado de ambos lados. | |
2 | Pasaporte vigente del representante legal, en caso de ser extranjero. |
1 | Documento Personal de Identificación (DPI) del representante legal, debe enviarse escaneado de ambos lados. | |
2 | Pasaporte vigente del representante legal, en caso de ser extranjero. |
1. La ratificación de datos se realiza por medio de la Opción “Ratificación de Datos” en Agencia Virtual, en la sección Servicios al Contribuyente / RTU.
2. La confirmación de datos tiene vigencia de un año a partir de la fecha de aniversario de nacimiento (personas individuales) o aniversario de constitución (personas jurídicas).
3. Generar a través de Agencia Virtual la solicitud de actualización de datos, escanear en formato JPG, PDF o PNG los requisitos correspondientes y adjuntarlos a la solicitud. Documento Personal de Identificación (DPI) debe enviarse escaneado de ambos lados.
4. A partir de la fecha en que realice cualquier modificación de datos, debe actualizar la información dentro del plazo de treinta (30) días hábiles, de lo contrario se le aplicará la sanción con base al Artículo 94 del Decreto 6-91, Código Tributario.
5. La confirmación de datos debe realizarla cada año.
6. Para el requisito de comprobante de domicilio fiscal, debe considerar lo siguiente:
- Cuando en la solicitud la selección en el campo “Tipo de documento comprobante de domicilio” es “Factura de Servicios”, debe ingresar la serie y número de documento de la factura por los servicios de energía eléctrica, agua potable, teléfono de línea fija o internet residencial, no mayor a tres meses de su emisión, en esta opción no se requiere adjuntar comprobante de domicilio.
- Cuando la selección del campo “Tipo de documento comprobante de domicilio” es “otro tipo de documento”, debe adjuntar:
- Recibo de agua potable, no mayor a tres meses de su emisión.
- Recibo del IUSI, no mayor a tres meses de su emisión, se aceptará con fecha de emisión del año en curso, cuando el pago del impuesto se haya realizado de forma anual, semestral o trimestral y corresponda al pago anticipado del impuesto.
- Los contribuyentes con obligaciones (establecimientos y afiliación al IVA en estado activo) que seleccionen la opción “otro tipo de documento” deberán finalizar su gestión de forma presencial en Oficina o Agencia Tributaria.
Los documentos deben adjuntarse en formato JPG, PDF o PNG..
7. Para el requisito de comprobante de domicilio comercial se aceptará los requisitos establecidos en el paso anterior o patente de comercio de empresa.
- A través de la Agencia Virtual podrás obtener la Constancia de Inscripción y Actualización del Registro Tributario Unificado (RTU) o imprimirla en el Portal SAT opción Constancia RTU.
1. Para realizar actualización de datos de inscripción, debe realizarlo por medio del formulario “Actualización de Datos” en Agencia Virtual, en la sección Servicios al Contribuyente / RTU; o presentarse a una Oficina o Agencia de la SAT, con su DPI y otros requisitos según corresponda.
2. Si cumple con requisitos y su gestión es rechazada, dirigirse con el Supervisor o Administrador de una Oficina o Agencia de la SAT.
3. En el caso de actualización de datos en el RTU Digital, no se acepta constancia de renovación de DPI.
Oficinas o Agencias para
realizar el trámite
Región Central
- Carretera El Salvador
- Dubai Center
- Galerías Prima
- Plaza San Rafael
- Pacific Villa Hermosa
- Chimaltenango
- El Progreso
- Sacatepéquez
Región Occidente
- Quetzaltenango
- Huehuetenango
- San Marcos
- Quiche
- Sololá
- Totonicapán
Región Nororiente
- Zacapa
- Baja Verapaz
- Alta Verapaz
- Jalapa
- Petén
- Izabal
- Chiquimula
Región Sur
- Escuintla
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- Jutiapa
- Santa Rosa
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