Venta de Especies Fiscales a Notarios y Patentados

Requisitos
1 Datos actualizados en RTU Digital.
2
  • Colegiado activo y encontrarse habilitado en el ejercicio de la profesión.
  • Presentar el original del carné de Abogado y Notario vigente, para su verificación.
3 Mostrar la Boleta SAT-2000 o constancia electrónica de pago, para verificación del número de formulario.
4 Sello de Abogado y Notario.
1 Datos actualizados en RTU Digital.
2 Presentar el carné vigente de Patentado Fiscal, para su verificación.
3 Mostrar la Boleta SAT-2000 o constancia electrónica de pago para verificación del número de formulario.
1 Datos actualizados en RTU Digital.
2 Presentar original de Documento Personal de Identificación (DPI) del Procurador.
3 El Notario que autoriza, debe ser Colegiado activo y encontrarse habilitado en el ejercicio de la profesión, debe enviar para su verificación:

  • Original y fotocopia del carné de Abogado y Notario vigente.
4 Carta original de autorización firmada y sellada por el Abogado y Notario con los datos siguientes:

  • Nombre y colegiado del Notario.
  • Nombre y Código Único de Identificación (CUI), del Procurador.
  • Número de formulario.
  • Monto requerido.
5 Mostrar la Boleta SAT-2000 o constancia electrónica de pago, para verificación del número de formulario.
1 Datos actualizados en RTU Digital.
2 (*) Presentar original de Documento Personal de Identificación (DPI) de la Tercera Persona.
3 Presentar original y fotocopia del carné de Patentado Fiscal.
4 Carta original de autorización firmada por el Patentado que autoriza la compra con los datos siguientes:

  • Nombre del Patentado.
  • Nombre y Código Único de Identificación (CUI), de la Tercera Persona.
  • Número de formulario.
  • Monto requerido.
5 Mostrar la Boleta SAT-2000 o constancia electrónica de pago, para verificación del número de formulario.
1 Datos actualizados en RTU Digital de ambos Notarios.
2
  • Colegiado activo y encontrarse habilitado en el ejercicio de la profesión.
  • Presentar el original del carné vigente de ambos Notarios, para su verificación.
3 Carta original de autorización firmada y sellada por el Notario que autoriza la compra, con los datos siguientes:

  • Nombre y colegiado del Notario a ruego.
  • Cantidad de lotes de Papel Sellado Especial para Protocolos requerido.
  • Número del formulario.
4 Mostrar la Boleta SAT-2000 o constancia electrónica de pago, para verificación del número de formulario.
5 Sello del Notario autorizado.
Lista de Pasos

1. DESPACHO DE TIMBRES FISCALES Y PAPEL SELLADO ESPECIAL PARA PROTOCOLOS A ABOGADOS Y NOTARIOS

  • Ingresar a Declaraguate, llenar el formulario SAT-7130 y generar la Boleta SAT-2000 para realizar el pago en los Bancos autorizados del sistema o por medio de banca electrónica.
  • Presentarse a una Agencia, Oficina Tributaria o Delegación con los requisitos.
  • En el caso del Papel Sellado Especial para Protocolos, el Colaborador solicita al Notario que consigne los datos del despacho en el Libro de “Registro de Papel Sellado Especial para Protocolo”, el cual debe firmar y sellar.
  • Finalizada la gestión, se entregarán los Timbres Fiscales o el Papel Sellado Especial para Protocolos.

2. DESPACHO DE TIMBRES FISCALES A PATENTADOS

  • Ingresar a Declaraguate, llenar el formulario SAT-7130 y generar la Boleta SAT-2000 para realizar el pago en los Bancos autorizados del sistema o por medio de banca electrónica.
  • Presentarse a la Agencia, Oficina Tributaria o Delegación con los requisitos para el despacho de los Timbres Fiscales.
  • Finalizada la gestión se entregarán los Timbres Fiscales.

3. DESPACHO DE TIMBRES FISCALES A ABOGADOS Y NOTARIOS POR MEDIO DE PROCURADOR

  • Ingresar a Declaraguate, llenar el formulario SAT-7130 y generar la Boleta SAT-2000 para realizar el pago en los Bancos autorizados del sistema o por medio de banca electrónica.
  • Presentarse a la Agencia, Oficina Tributaria o Delegación con los requisitos para el despacho de los Timbres Fiscales.
  • Finalizada la gestión se entregarán los Timbres Fiscales.

4. DESPACHO DE TIMBRES FISCALES A PATENTADOS POR MEDIO DE TERCERA PERSONA

  • Ingresar a Declaraguate, llenar el formularioSAT-7130 y generar la Boleta SAT-2000 para realizar el pago en los Bancos autorizados del sistema o por medio de banca electrónica.
  • Presentarse a la Agencia, Oficina Tributaria o Delegación con los requisitos para el despacho de los Timbres Fiscales.
  • Finalizada la gestión se entregarán los Timbres Fiscales.

5. DESPACHO DE PAPEL SELLADO ESPECIAL PARA PROTOCOLO A RUEGO DE ABOGADOS Y NOTARIOS

  • Ingresar a Declaraguate, llenar el formulario SAT-7130 y generar la Boleta SAT-2000, para realizar el pago en los Bancos autorizados del sistema o por medio de banca electrónica.
  • Presentarse a una Agencia, Oficina Tributaria o Delegación con los requisitos.
  • El Colaborador solicita al Notario autorizado que consigne los datos del despacho en el Libro de “Registro de Papel Sellado Especial para Protocolo”, el cual debe firmar y sellar.
  • Finalizada la gestión, se entrega el Papel Sellado Especial para Protocolos.
¿Que obtengo?
  • Los Timbres Fiscales.
  • El Papel Sellado Especial para Protocolos.
Casos especiales

3. DESPACHO DE TIMBRES FISCALES A ABOGADOS Y NOTARIOS POR MEDIO DE PROCURADOR

En caso de no contar con el Documento Personal de Identificación (DPI):

  • Adjuntar documento emitido por RENAP, en el que conste el proceso de obtención del documento, siempre y cuando se muestre el Código Único de Identificación (CUI), con o sin fotografía.

4. DESPACHO DE TIMBRES FISCALES A PATENTADOS POR MEDIO DE TERCERA PERSONA

En caso de no contar con el Documento Personal de Identificación (DPI):

  • Adjuntar documento emitido por RENAP, en el que conste el proceso de obtención del documento, siempre y cuando se muestre el Código Único de Identificación (CUI), con o sin fotografía.

Oficinas o Agencias para
realizar el trámite

Región Central

Sin Cita

  • Carretera El Salvador
  • Dubai Center
  • Galerías Prima
  • Plaza San Rafael
  • Pacific Villa Hermosa
  • Chimaltenango
  • El Progreso
  • Sacatepéquez

Trámite para terceros autorizados:

  • Montserrat

Región Occidente

Sin Cita

  • Quetzaltenango
  • Huehuetenango
  • San Marcos
  • Quiche
  • Sololá
  • Totonicapán

Región Nororiente

Sin Cita

  • Zacapa
  • Baja Verapaz
  • Alta Verapaz
  • Jalapa
  • Petén
  • Izabal
  • Chiquimula

Región Sur

Sin Cita

  • Escuintla
  • Retalhuleu
  • Jutiapa
  • Santa Rosa
  • Mazatenango