Información confidencial
El acceso a la información pública es limitado de acuerdo a lo establecido en:
• Constitución Política de la República de Guatemala, Convenios Internacionales, leyes de carácter constitucional y leyes ordinarias.
En consecuencia de lo anterior, toda información relacionada con la aplicación, recaudación, fiscalización y control, que se encuentre en poder de la SAT contenida en registros, expedientes, documentos, archivos, bases de datos, programas y sistemas informáticos que contengan o permitan la facilitación o conocimiento del pago de tributos, utilidades, perdidas, costos, cualquier dato referente a las contabilidades revisadas e información que haya sido proporcionada por los contribuyentes y responsables bajo garantía de confidencia y recibida por medio de resolución por la administración tributaria bajo esta calidad, es confidencial, no se podrá divulgar en forma alguna; esto sin perjuicio de orden judicial de los tribunales de justicia, siempre que se trate de problemas vinculados con la administración, fiscalización y percepción de los tributos, debiendo para el efecto la autoridad que solicite dicha información mantener la confidencialidad de la información suministrada, bajo su directa responsabilidad y estricta utilización para lo que fue solicitada.
Información reservada
Es la información cuyo acceso se encontrará temporalmente restringido según la clasificación que la SAT realice conforme el procedimiento establecido en la Ley, mediante resolución de autoridad superior.