Traspaso con Declaración Jurada vía formulario de Declaraguate

Requisitos
1

Documento de identificación vigente: DPI o pasaporte en caso de ser extranjero (propietario, mandatario o representante legal).
2 Contar con Agencia Virtual y datos actualizados en RTU digital (propietario, mandatario o persona jurídica y representante legal).
3 Estar solvente en el pago del Impuesto Sobre Circulación de Vehículos Terrestres de todos los vehículos registrados (propietario o persona jurídica).
4 Presenta el pago de Q120.00 por Gestión de Traspaso y Certificado de Propiedad de Vehículos a través del formulario SAT-8611 en Declaraguate.
5 Declaración Jurada de Traspaso, generada por medio del formulario Declaraguate SAT-8611 con firma del comprador legalizada por notario activo.
6 Presenta el pago correspondiente al Impuesto al Valor Agregado (IVA) por enajenación de Vehículos a través del formulario SAT-2311 en Declaraguate.
7 Tarjeta de circulación original (en caso de no poseerla ver casos especiales).
8 Revisión física del vehículo realizada por la DEIC o INACIF, vigente.
9 Si la gestión es realizada por un tercero autorizado, debes presentar los requisitos de terceras personas. Para ver los requisitos, puedes hacer click aquí.
1

Documento de identificación vigente del Representante Legal: DPI o pasaporte en caso de ser extranjero.
2 Contar con Agencia Virtual y datos actualizados en RTU digital (entidad y representante legal).
3 Estar solvente en el pago del Impuesto Sobre Circulación de Vehículos Terrestres de todos los vehículos registrados (entidad).
4 Presenta el pago de Q120.00 por Gestión de Traspaso y Certificado de Propiedad de Vehículos a través del formulario SAT-8611 en Declaraguate.
5 Declaración Jurada de Traspaso, emitida vía formulario Declaraguate SAT-8611 con firma del Representante Legal legalizada por notario activo.
6 Presenta el pago correspondiente al Impuesto al Valor Agregado (IVA) por enajenación de vehículos a través del formulario SAT-2311 en Declaraguate.
7 Tarjeta de circulación original (en caso de no poseerla ver casos especiales).
8 Revisión física del vehículo realizada por la DEIC o INACIF vigente.
9 Resolución de la Dirección de Bienes del Estado (ver casos especiales).
10 Si la gestión es realizada por un tercero autorizado, debes presentar los requisitos de terceras personas. Para ver los requisitos, puedes hacer click aquí.
Lista de Pasos
  1. Ingresa a Declaraguate, llena los formularios SAT-8611 y SAT-2311 y genera las boletas SAT-2000 por cada formulario para realizar los pagos en bancos autorizados del sistema.
  2. Una vez pagada la boleta SAT-2000, ingresa nuevamente a Declaraguate, para generar la Declaración Jurada de Traspaso a través del formulario SAT-8611.
  3. Preséntate a una Oficina o Agencia Tributaria con los requisitos y pagos realizados.
  4. Finalizada la gestión ingresa a tu Agencia Virtual para descargar tus distintivos electrónicos.
¿Qué obtengo?
  • La Calcomanía Electrónica se genera a través del sitio web de la SAT, en la opción de Impresión de Calcomanía.
  • A través de la Agencia Virtual podrás obtener la Tarjeta de Circulación y el Certificado de Propiedad de Vehículos electrónicos.
Casos Especiales
  1. Este trámite aplica sólo para vehículos con ocho años de antigüedad de modelos anteriores al año en curso y dos años de posesión.
  2. El propietario que no pueda leer y escribir o que no pueda firmar ni consignar su huella dactilar por discapacidad física, a ruego del propietario debe ser acompañado por testigo y presentar su Documento Personal de Identificación -DPI-.
  3. Si no posees la Tarjeta de Circulación, debes pagar. por la gestión de reposición de Tarjeta de Circulación en el formulario SAT-8933.
    Si es por robo o hurto: Adjunta fotocopia de denuncia presentada ante el Ministerio Público.
    Si es por pérdida o extravío: Adjunta fotocopia del aviso presentado ante la Policía Nacional Civil o constancia emitida por el Ministerio Público.
  4. Placas de uso alquiler o urbano: autorización de concesión de línea emitida por la municipalidad donde prestarás el servicio .
  5. Estar solvente en obligaciones tributarias (IVA, ISR, ISO, otros.) para descargar los distintivos electrónicos.
  6. En caso de ser mandatario, presenta testimonio de escritura pública del mandato vigente, debidamente inscrito en el Archivo General de Protocolo y fotocopia.
  7. Para trimotos de 3 o más pasajeros y placas de uso alquiler, urbano, comercial, de servicios, agrícola y transporte de carga debes estar inscrito en el Registro Tributario Unificado (RTU) con afiliación al Impuesto al Valor Agregado y otros impuestos cuando corresponda, contar con establecimiento activo e incorporado al Régimen de Factura Electrónica en Línea (FEL).
  8. Para el caso de traspaso a favor de entidades gubernamentales, debes efectuar el cambio de placas de circulación a uso oficial, de acuerdo con lo establecido en el artículo 21 del Decreto Número 70-94, Ley del Impuesto Sobre Circulación de Vehículos Terrestres, Marítimos y Aéreos.
  9. Todas las entidades de Gobierno Central, Descentralizadas y Autónomas deben presentar la resolución para la confirmación de propiedad de vehículos, emitida por la Dirección de Bienes del Estado del Ministerio de Finanzas Públicas

Oficinas o Agencias para
realizar el trámite

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