Traspaso Electrónico de Vehículos por Notario con Anexo del Certificado de Propiedad emitido vía Declaraguate en Agencia Virtual

Requisitos
1 Realiza el pago de Q60.00 por transmisión del traspaso en Agencia Virtual a través del Formulario SAT-8028 en Declaraguate.
2 Encontrarse identificado con la calidad de Notario activo en el Sistema del Registro Tributario Unificado (RTU)
3 Estar solvente en tus Obligaciones Tributarias.
4 Contar con el registro de huella o impresión dactilar en SAT.
5 Contar con firma Electrónica avanzada, avalada por los prestadores autorizados por MINECO.
6 Contar con Datos actualizados en RTU Digital
1 Documento Personal de Identificación (DPI) Vigente del comprador y vendedor del vehículo y fotocopia.
2   Pasaporte en caso de ser extranjero (del comprador y vendedor del vehículo) y fotocopia.
3 Presenta el pago de los Q120.00, por Gestión de Traspaso y Certificado de Propiedad a través del formulario SAT-8611 en Declaraguate.
4 Anexo de Certificado de Propiedad generado por medio del formulario Declaraguate SAT-8611 legalizado por Notario activo.
5 Presenta el pago correspondiente al Impuesto al Valor Agregado por enajenación de Vehículos a través del formulario SAT-2311 en Declaraguate.
6   Tarjeta de Circulación Vigente (electrónica)
7 Certificado de Propiedad original (electrónico).
8 Deberá adjuntar fotocopia de factura para los vehículos del año en curso, anterior y siguiente.
1 Documento Personal de Identificación (DPI) vigente del Representante Legal, comprador y vendedor del vehículo y fotocopia.
2 Pasaporte en caso de ser extranjero (del comprador y vendedor del vehículo) y fotocopia
3 Nombramiento del Representante Legal y fotocopia. (del comprador y vendedor del vehículo).
4 Presenta el pago de los Q120.00, por Gestión de Traspaso y Certificado de propiedad a través del formulario SAT-8611 en Declaraguate.
5 Anexo de Declaración Jurada de Traspaso, generada por medio del formulario Declaraguate SAT-8611 legalizado por Notario activo.
6 Presenta el pago correspondiente al Impuesto al Valor Agregado por enajenación de vehículo a través del formulario SAT-2311 en Declaraguate.
7 Tarjeta de Circulación Vigente (electrónica)
8 Certificado de Propiedad original (electrónico).
9 Deberá adjuntar fotocopia de factura para los vehículos del año en curso, anterior y siguiente.
Lista de Pasos

1. Ingresa a Declaraguate. y generar la Boleta SAT-2000 por Q120.00 en el formulario SAT-8611

2. Para generar la Declaración Jurada a través del formulario SAT-8611, realiza lo siguiente:

  • Ingresa a Declaraguate en la opción de buscar formulario.
  • Ingresa el número de formulario y acceso y presiona buscar.
  • Te desplegara el formulario ya pagado y en la parte de abajo encontraras el botón de anexo de Certificado de Propiedad  para que realices  la impresión.
  • El anexo de certificado de propiedad debe firmarlo el vendedor y comprador legalizado por Notario Activo.

3. Ingresa a Declaraguate y generar la Boleta SAT-2000 por el Impuesto al Valor Agregado en el formulario SAT-2311.

4. Deben presentarse el vendedor y comprador con un Notario que tenga huella registrada y este activo  con los Requisitos y pagos realizados.

5. Finalizada la gestión ingresa a la Agencia Virtual para generar tus Distintivos Electrónicos.

¿Que obtengo?
  • Una vez registrado el traspaso por el notario podrás descargar los distintivos electrónicos del vehículo a través de la Agencia Virtual, si no cuentas con la Agencia Virtual haz clic aquí para solicitarla.

Casos especiales

1. Únicamente se podrán realizar traspasos de propiedad a vehículos con placas uso Particular (P) y Motocicleta (M).

2. Los vehículos con placas uso Motocicleta (M) identificados como tipo Trimoto, Tuc Tuc, Tricimoto o similar (cuando corresponda), deben estar inscritas en el Registro Tributario Unificado, (RTU), contar con establecimiento activo relacionado con el uso del vehículo o actividad comercial relacionada y contar facturas autorizadas.

3. A partir de la fecha que se realiza el endoso por el notario del Certificado tiene 15 días hábiles para efectuar el pago del Impuesto al Valor Agregado y 30 días hábiles  para realizar la gestión de traspaso ante el Registro Fiscal de Vehículos, de lo contrario se le aplicará la sanción en base al Articulo 94 del Decreto 6-91, Código Tributario.

4. Debes entregar en Oficinas y Agencias, la documentación que avala cada traspaso registrado en Agencia Virtual, dentro de los días hábiles del mes siguiente, de los traspasos registrados en el mes anterior.

5. Efectúa anualmente el pago del Impuesto Sobre Circulación de Vehículos, por medio del formulario SAT-4091 (Declaraguate).

Oficinas o Agencias para
realizar el trámite

Región Occidente

  • Traspaso electronico virtual (Abogado y Notario)

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