A partir del 30 junio de 2016 la SAT tiene a su disposición el nuevo sistema Asiste Hospitales Web, para los hospitales, sanatorios, casas de salud, clínicas, consultorios o centros de salud, que reciban pagos de terceros a favor de médicos u otros profesionales, sean o no técnicos de la salud, que presten servicios de atención médica en sus instalaciones. Art. 112 “A” inciso 6 Decreto Número 6-91 del Congreso de la República de Guatemala, Código Tributario.
El Sistema Asiste Hospitales Web, permite al contribuyente llevar el control y efectuar todos los registros de las Asistencias Médicas realizadas en las empresas, instituciones u organizaciones, debiendo informar a la Administración Tributaria por medio de Declaración Jurada, dentro de los diez (10) días hábiles del mes siguiente en el que se recibió el pago de un tercero, a favor de los técnicos, profesionales, médicos u otros profesionales sean o no técnicos de la salud. Dicho informe será generado y presentado mensualmente desde el mismo sistema, aun cuando el mes a presentar no tenga movimiento.
Para acceder al Sistema Asiste Hospitales Web, el contribuyente debe contar con usuario y contraseña de la Agencia Virtual de la SAT, además solicitar su activación por medio del correo electrónico [email protected]
Los contribuyentes podrán ingresar la información de las Asistencias Médicas a partir de enero de 2016, sin que esto le genere SANCIÓN.
El sistema cuenta con el siguiente Menú:
- Ingreso de Datos
- Carga Masiva
- Consulta Detalle
- Reporte de Cumplimiento
- Ayuda (Manual del usuario)
Para realizar la carga masiva de información, podrá guiarse verificando las descargas siguientes.
- Manual del Usuario
- Modelo del Archivo de Carga
- Datos a Incluir en el Archivo de Carga
- Instructivo para trasladar el Archivo Excel a Tipo CSV (delimitado por comas)
La no presentación ante la Administración Tributaria de los informes establecidos en las leyes tributarias, generan SANCIÓN según lo establece el Artículo 94 numeral 13 del Código Tributario.